Disposición N° 67/GCABA/SJG/04

FirmantesCastillo
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConjuntas: (Ex) Dirección Genera de Coordinación y Seguimiento - (Ex) Secretaría Jefe de Gabinete
Fecha de la disposición 6 de Diciembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA JEFE DE GABINETEDIRECCIÓN GENERA DE COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO

DISPOSICIÓN N° 67/ GCABA/ SJG/ 04

APRUEBA LA MODALIDAD DE TRANSFERENCIA DE BASES DE DATOS DEL R.U.B. Y DE FORMULARIOS - DECLARACIONES JURADAS R.U.B, A LAS JURISDICCIONES Y PROGRAMAS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - BASE DE DATOS -PROGRAMA REGISTRO ÚNICO DE FAMILIAS BENEFICIARIAS DE PROGRAMAS SOCIALES - REGISTRO DE BENEFICIARIOS DE PROGRAMAS SOCIALES - PROCEDIMIENTO

Buenos Aires, 06/12/2004

Visto el Decreto N° 904/GCBA/01 y sus modificatorios Decretos Nros. 760/GCBA/02, 947/GCBA/03 y Resolución N° 83/SJG/04; y

CONSIDERANDO:

Que mediante los citados Decretos se dispuso la creación del Programa Registro Único de Familias Beneficiarias de Programas Sociales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires -RUB- en el ámbito de la Dirección General de Coordinación y Seguimiento;

Que mediante la Resolución citada es facultad de la Dirección General de Coordinación y Seguimiento dictar las normas necesarias para la implementación del Programa Registro Único de Familias Beneficiarias de Programas Sociales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires RUB;

Que es necesario establecer los distintos mecanismos para la transferencia de bases de datos en formato magnético, a partir de relevamientos domiciliarios a cargo del -RUB-;

Que asimismo es necesario estipular la modalidad de transferencia de formularios en papel, con información sobre beneficiarios actuales y/o potenciales, obtenidos a partir de los relevamientos domiciliarios a cargo del RUB;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Art. 9° de la Resolución N° 83/SJG/04;

LA DIRECTORA GENERAL DE

COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO

DISPONE :

Artículo 1°

Aprobar la modalidad de transferencia de bases de datos del RUB y de Formularios - Declaraciones Juradas RUB a las jurisdicciones y programas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contemplados en el Decreto N° 947/03.

Artículo 2°

En los casos de relevamientos domiciliarios o fuera de línea, el RUB entregará las bases de datos de beneficiarios actuales y/o potenciales a programas y jurisdicciones, de acuerdo a las modalidades que se establecen en los artículos subsiguientes.

Artículo 3°

Las bases de datos en formato...

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