Disposición N° 282/GCABA/SIYP/04
Firmantes | Lopatín |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Conjuntas: (Ex) Dirección General de Planeamiento Interpretativo - (Ex) Secretaría de Infraestructura y Planeamiento |
Fecha de la disposición | 15 de Septiembre de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTODIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO
DISPOSICIÓN N° 282/ GCABA/ SIYP/ 04
AUTORIZA USOS COMERCIALES GASTRONÓMICOS EN EL INMUEBLE SITO EN LA CALLE CARLOS CALVO 375. VÍSANSE LOS PLANOS DE ESQUEMA DE PUBLICIDAD - AUTORIZACIÓN DE LOCALIZACIÓN DE USOS - RESTAURANTE - BAR - CAFÉ - DISTRITO APH 1
Buenos Aires, 15/09/2004
Visto que por Expediente N° 25.437/04 se consulta sobre la posibilidad de localizar en el local comercial sito en la calle Carlos Calvo 375 el uso Restaurante, cantina, café, bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería., con una superficie cubierta de 178,50 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un local comercial emplazado en la Zona 1a del Distrito APH1, de acuerdo al parágrafo 5.4.12.1 Distrito APH1 del Código de Planeamiento Urbano y no se encuentra incorporado al Listado de Inmuebles Catalogados de San Telmo.
Que de acuerdo a lo establecido en el Cuadro de Usos N° 5.4.12.1b, los usos solicitados merecen el siguiente análisis:
-
El uso Restaurante, cantina, café, bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería se encuentra afectado por la referencia C en el Agrupamiento Servicios, debiendo este Organismo estudiar la factibilidad de su localización
-
Desde el punto de vista patrimonial se considera que el rubro solicitado puede originar impacto en la Zona 1a del Distrito APH1, por lo que se requirió el completamiento de la Fórmula Polinómica N° 16 de fs. 20 a 25 y Memoria Descriptiva del Plan de Contingencia en el Riesgo de Incendio de fs. 28 a 31, que deberá ser evaluada por el Órgano de Aplicación de la Ley N° 123;
Que del estudio realizado respecto del uso que expresamente solicita desarrollar se informa que, se corresponde con usos existentes en el entorno de la Zona 1a, por lo que se concluye que no existe incompatibilidad de los usos propuestos con los del área circundante. Por lo expuesto en el parágrafo anterior y de acuerdo a los parámetros dispuestos para el estudio de localización del uso Restaurante, cantina, café, bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería, se considera que no existen inconvenientes en acceder a su localización en el local comercial sito en la calle Carlos Calvo 375, planta baja;
Que los planos de esquemas de publicidad obrantes de fojas 1 a 3 de estos actuados cumplimentan las normas correspondientes al Distrito, por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba