Disposición N° 287/GCABA/SIYP/04
Firmantes | Lopatín |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Conjuntas: (Ex) Dirección General de Planeamiento Interpretativo - (Ex) Secretaría de Infraestructura y Planeamiento |
Fecha de la disposición | 22 de Septiembre de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTODIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO INTERPRETATIVO
DISPOSICIÓN N° 287/ GCABA/ SIYP/ 04
CONSIDERA ADMISIBLE LA LOCALIZACIÓN DEL USO GRANDES TIENDAS EN EL SECTOR ADYACENTE A LA PLAZA CENTRAL DE LA FINCA SITA EN LA CALLE SAN MARTÍN 344/78 Y LA CALLE FLORIDA 337/47. VISA LOS PLANOS PARA LA CONCRECIÓN EFECTIVA DE LA PLAZA CENTRAL - ADMISIÓN DE LOCALIZACIÓN DE USOS - GRANDES TIENDAS - VISADO DE PLANOS - RAGHSA S.A. - DISTRITO C1 - ADDENDA - SERVIDUMBRE VIGENTE
Buenos Aires, 22/09/2004
Visto, el parágrafo 5.4.2.2. y el Cuadro de Usos 5.2.1.a) del Código de Planeamiento Urbano, el Decreto N° 1.754, del 30 de abril 1990, la Resolución N° 11/SSCPU/92, la Disposición N° 72/DGPU/92 y el Expediente N° 30.638/04, referido a la finca sita en San Martín 344/78 y Florida 337/47. Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 14, Sección 1, Manzana 28, Parcela 13b, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa Raghsa S.A., en su carácter de titular de dominio de la finca sita en San Martín 344/78 y Florida 337/47. Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 14, Sección 1, Manzana 28, Parcela 13b solicita el visado de los planos de detalle para la concreción efectiva de la Plaza Central, prevista en las normas especiales que rigen la finca San Martín 344/78 y Florida 337/47, y peticiona el cambio de uso en el sector adyacente a la misma;
Que el uso propuesto, Grandes Tiendas, resulta permitido en parcelas de superficie máxima de 12.000 m2 y encuadrado en el Régimen de la Ley N° 123 de Evaluación de Impacto Ambiental con la referencia s/C, esto es: …actividad, proyecto, programa y/o emprendimiento de impacto ambiental CON o SIN relevante efecto según corresponda… de acuerdo al Cuadro de Usos 5.2.1 a) del Código de Planeamiento Urbano, Texto Ordenado por Decreto N° 844/GCBA/03;
Que la modificación y desarrollo propuestos en el primer subsuelo, resulta admisible en virtud a la aplicación del punto 6) Observaciones del parágrafo 5.4.2.2. Distrito C1 Centro Principal - del Código de Planeamiento Urbano, en la interpretación asignada por este organismo y la cubierta vidriada mantiene las características de la ya autorizada;
Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental ha tomado la intervención que las normas del visto asignaban a su antecesor, el Consejo de Planificación Urbana y se ha expedido por Informe N°...
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