Disposición N° 1028/GCABA/SJYSU/03
Firmantes | Martínez-Gregov-Vispo |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Conjuntas: - Dirección General Control de la Calidad Ambiental - (Ex) Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana |
Fecha de la disposición | 15 de Diciembre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANADIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL
DISPOSICIÓN N° 1028/ GCABA/ SJYSU/ 03
REINSCRIBE A SASECO EN EL REGISTRO DE ACTIVIDADES DE EMPRESAS PRIVADAS DE DESINFESTACIÓN Y DESINFECCIÓN - REINSCRIPCIÓN DE EMPRESAS - MARÍA SANSEAU
Buenos Aires, 15/12/2003
Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 102.018/1998, ant. 2;
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente mencionado en el Visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por María Isabel Sanseau, con domicilio en la calle Vilela 4610/12 P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa de Desinfección y Desratización; Reparaciones y Mantenimiento de Edificios y sus Partes (únicamente como oficina), otorgada por el Expediente N° 92.474/97 a nombre de María Isabel Sanseau;
Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a María Isabel Sanseau, L.C. 5.732.480, de profesión Ingeniera Química, quien se encuentra inscripta en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, bajo el N° 1.463;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 8.918 del cual surge que María Isabel Sanseau no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de reinscripción;
Por ello, en uso de las facultades que le son...
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