Disposición N° 1047/GCABA/SJYSU/03

FirmantesMartínez-Gregov-Vispo
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConjuntas: - Dirección General Control de la Calidad Ambiental - (Ex) Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana
Fecha de la disposición17 de Diciembre de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANADIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL

DISPOSICIÓN N° 1047/ GCABA/ SJYSU/ 03

REINSCRIBE A COMPAÑÍA FUMIGADORA DEL NORTE S.R.L. EN EL REGISTRO DE ACTIVIDADES DE EMPRESAS PRIVADAS DE DESINFESTACIÓN Y DESINFECCIÓN - REINSCRIPCIÓN DE EMPRESAS

Buenos Aires, 17/12/2003

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el Expediente N° 40867/91, ant. 7;

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente mencionado en el Visto tramita la solicitud de reinscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Compañía Fumigadora del Norte S.R.L., con domicilio en la Av. Cabildo 2230, Loc.92, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Com.Min.De Substancias Químicas, Caucho y Plásticos; Com. Min. de Semillas, Plantas, Artículo y Herramientas para Jardinería; Agencia Comercial: Empresa De Desinfección, Desinsectacion Y Desratización, otorgada por el Expediente N° 98.848/89 a nombre de Compañia Fumigadora del Norte S.R.L.;

Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Andres Torn, DNI 13.214.093, de profesión Médico, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, bajo el N° 1.334;

Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 10.076 del cual surge que Nilda Catalina Beretta y Rubén Sixto Tricerri no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;

Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;

Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la...

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