Disposición N° 446/GCABA/SJYSU/04

FirmantesMartínez-Gregov-Vispo
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConjuntas: - Dirección General Control de la Calidad Ambiental - (Ex) Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANADIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL

DISPOSICIÓN N° 446/ GCABA/ SJYSU/ 04

REINSCRIPCIÓN DE EMPRESAS - REINSCRIBE A KNOCK OUT EN EL REGISTRO DE EMPRESAS PRIVADAS DE DESINFESTACIÓN Y DESINFECCIÓN - SUSANA DÁVILA - ALIDE DI LEO

Buenos Aires, 11/05/2004

Visto los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/MCBA/80 y el Expediente N° 18.078/04,

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente mencionado en el Visto tramita la solicitud de inscripción en el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto Reglamentario N° 8.151/MCBA/80, oportunamente presentada por Susana Beatriz Dávila y Alide Azucena Di Leo, con domicilio en la calle Olazábal 2358, P.B., Loc. 9, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo el rubro Empresa de desinfección y desratización, otorgada por el Expediente N° 11.152/04 a nombre de Susana Beatriz Dávila y Alide Azucena Di Leo;

Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Gustavo Adolfo Arce, DNI 22.848.103, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección, bajo el N° 1.497;

Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos 2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/MCBA/80;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el Certificado N° 2.790 del cual surge que Susana Beatriz Dávila no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y el Certificado N° 1.250 del cual surge que Alide Azucena Di Leo no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;

Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el mismo reúne condiciones reglamentarias;

Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en relación a la solicitud de inscripción;

Por ello...

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