Disposición N° 87/GCABA/SJYSU/04

FirmantesRizzo
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConjuntas: (Ex) Dirección General de Servicios de Seguridad Privada - (Ex) Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana
Fecha de la disposición23 de Abril de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANADIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPOSICIÓN N° 87/ GCABA/ SJYSU/ 04

HABILITACIONES - CONCEDE LA HABILITACIÓN POR UN AÑO A SINCLAIR SEGURIDAD PRIVADA S.R.L. PARA PRESTAR SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA - EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA -

Buenos Aires, 23/04/2004

Visto la Ley N° 118 (B.O. N° 607), modificada por Ley N° 963 (B.O. N° 1603) su Decreto Reglamentario N° 1.133/GCABA/01 (B.O. N° 1260), el Decreto N° 627/GCABA/02 (B.O. N° 1470) y la Carpeta N° 177/DGSSP/03, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de vigilancia privada, de custodias personales y de vigilancia con medios electrónicos, ópticos y electroópticos (Art. 2°, incisos a), b) y c), Ley N° 118, modificada por Ley N° 963) oportunamente presentada por Sinclair Seguridad Privada S.R.L., con domicilio real y constituido en Avenida Rivadavia 10.444, Piso 4° B de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 118, modificada por Ley N° 963 y su Decreto Reglamentario N° 1.133/GCABA/01 para concederle la habilitación requerida y darle de alta en la actividad;

Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos de los Arts. 14 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Pedro Jorge Arcagni, DNI 5.530.125;

Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección General encontrarse inscripta como Usuario Colectivo, conforme Dictamen N° 15.141 de fecha 9/3/04, recaído en Legajo/Expediente N° 9.761.593 del Registro Nacional de Armas;

Que asimismo se ha dado cumplimiento al pago de los aranceles pertinentes, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 627/GCABA/02;

Que en atención a lo manifestado precedentemente, resulta pertinente otorgar a la solicitante la habilitación de la actividad como prestadora de servicios de seguridad privada con autorización de uso de armas, sin perjuicio de la obligación que le cabe a la solicitante de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 5°, Inc. g) de la Ley N° 118 y su modificatoria N° 963, una vez concluido el trámite ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, cuya constancia de inicio acompaña;

Que por otra parte, el...

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