Disposición N° 28/GCABA/SHYF/04

FirmantesGamero
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConjuntas: - Dirección General de Contaduría - (Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 1 de Marzo de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZASDIRECCIÓN GENERAL DE CONTADURÍA

DISPOSICIÓN N° 28/ GCABA/ SHYF/ 04

AUTORIZA LA IMPRESIÓN DE COMPROBANTES DE RENDICIÓN PARA VALORIZAR ENTRADAS, ARTÍCULOS DE ARTESANÍAS, LIBROS, REVISTAS, ETC. - ENTRADAS - MERCHANDISING - EXPENDURÍA DE PAPEL OFICIAL DE ACTUACIONES - IMPRESIÓN DE VALORES OFICIALES - DIRECCIÓN DE IMPRENTA

Buenos Aires, 01/03/2004

Visto, los términos de la Ley N° 70, de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público, en su Título II, artículos 11, 12, 13 y con los Atributos Conferidos por el Capítulo V -del Sistema de Contabilidad- las Disposiciones Nros. A 189/DGC/2003 y 190/DGC/2003, y;

CONSIDERANDO:

Las necesidades operativas de algunas Áreas, Dependencias y Reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en valorizar entradas, artículos de artesanías y de merchandising, libros, revista, etc., que no hayan sido contemplados por la Ley Tarifaria, y considerando la próxima implementación del sistema único para la expenduría de papel oficial de actuaciones y de valores oficiales que regirá para todo el ámbito de este Gobierno Autónomo.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA

DISPONE:

Artículo 1°

Autorízase la impresión de 50.000 (cincuenta mil) comprobantes de rendición para valorizar entradas, artículos de artesanías y de merchandising, libros, revistas, etc., y que no fueron previstos por la Ley Tarifaria, con numeración que va del 00110.001 al 00160.000. El costo de la impresión será afectado a las partidas presupuestarias de cada una de las Dependencias solicitantes.

Artículo 2°

La Dirección General de Contaduría por intermedio del Área de Fiscalización solicitará a la Dirección de Imprenta, dependiente de la Subsecretaría de Logística y Emergencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la impresión y la cantidad de comprobantes de rendición que se determina en el Art. 1° de la Disposición N° A 222/DGC/03, debiéndose conservar un stock no inferior a los 50.000 (cincuenta mil) comprobantes de rendición que estarán en custodia de la Dirección General...

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