Disposición N° 35/GCABA/DGCEM/03
Firmantes | Torres |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Dirección General de Cementerios |
Fecha de la disposición | 13 de Mayo de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS
DESESTIMACIÓN DE RECURSOS
DISPOSICIÓN N° 35/ GCABA/ DGCEM/ 03
DESESTIMA EL RECURSO DE LA FIRMA ZUCCOTTI HNOS. CONTRA LA DISPOSICIÓN N° 31/DGCEM/03, CONFIRMA LA BAJA DE LA AUTORIZACIÓN DEL SR. GUILLERMO H. ZUCCOTTI PARA REALIZAR TRÁMITES ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS DE CEMENTERIOS
Buenos Aires, 13/05/2003
Visto la actuación identificada como Registro N° 2.078/DGCEM/2003, y
CONSIDERANDO:
Que por dicha actuación el Señor Guillermo Hernán Zuccotti interpone recurso de reconsideración contra el artículo 4° de la Disposición N° 31/DGCEM/03 mediante el cual fuese dado de baja del padrón de personal habilitado por las empresas de servicios fúnebres para realizar trámites a nombre y en beneficio de las mismas por ante esta unidad de organización, sanción que implica que el causante no podrá ser propuesto por ninguna empresa de servicios fúnebres para tal cometido, por el plazo de seis (6) meses;
Que dicha sanción reconoce su origen en un incidente protagonizado por el señor Guillermo Hernán Zuccotti -quien actuaba en representación de esa empresa Zuccotti Hnos. S.R.L.- y personal del Departamento Central de Defunciones dependiente de la Dirección General del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas que tramitó por actuación identificada como Nota N° 5.682/DGRC/03;
Que en el marco de la referida actuación el causante tomó conocimiento de la denuncia formulada en su contra y produjo el pertinente descargo en el cual no controvirtió los hechos cuya responsabilidad se le atribuía en la nota de denuncia;
Que, en función de ello se procedió, en el marco de las actuaciones de mención al dictado del pertinente acto administrativo por el cual se le aplicaba la sanción arriba referida;
Que la Disposición N° 31/DGCEM/03 le fue notificada en fecha 28 de abril de 2003;
Que en esta oportunidad el causante solicita reconsideración de la medida adoptada por el suscripto volviendo sobre sus dichos oportunamente volcados en su descargo e intentando darles otro contenido;
Que, en tal sentido aduce haber controvertido los dichos de la denunciante al aceptar la existencia de una discusión, sobre la base de las diferentes acepciones de tal término en el diccionario;
Que, por ello, aduce que el suscripto debió abrir a prueba las actuaciones con lo cual pretende fundar un pedido de nulidad del acto atacado alegando...
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