Disposición N° 14/GCABA/DGSSP/03

FirmantesRizzo
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Dirección General de Servicios de Seguridad Privada
Fecha de la disposición 7 de Febrero de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

PERMISOS Y HABILITACIONES - SEGURIDAD PRIVADA

DISPOSICIÓN N° 14/ GCABA/ DGSSP/ 03

CONCE DE HABILITACIÓN POR UN AÑO A TOTAL SECURITY S.A. PARA PRESTAR SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

Buenos Aires, 07/02/2003

Visto la Ley N° 118 (B.O. N° 607), modificada por la Ley N° 963 (B.O. N° 1603), su Decreto Reglamentario N° 1.133/GCBA/01 (B.O. N° 1260), el Decreto N° 627/GCBA/02 (B.O. N° 1470) y la Carpeta Interna N° 15/DGSSP/02 y,

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de vigilancia privada, custodias personales, y custodia y transporte de bienes y valores, (Art. 2°, incisos a), b) y c) Ley N° 118-conforme texto anterior-) oportunamente presentada por la empresa Total Security S.A.,con domicilio real y legal en Av. Corrientes 753, Piso 14°, Dpto. F de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en la actualidad y en virtud de las disposiciones de la Ley N° 963 (B.O. N° 1603), modificatoria de la Ley N° 118, las categorías que se encuentran vigentes son: vigilancia privada y custodias personales (Art. 2°, Incs. a) y b) de la referida Norma Legal), resultando procedente adecuar en tal sentido el requerimiento formulado por la presentante;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 118, modificada por la Ley N° 963 y su Decreto Reglamentario N° 1.133/GCBA/01 para concederle la respectiva habilitación por el término de un año;

Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos de los Arts. 14 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Miguel Angel Amigo, LE 4.551.785;

Que la solicitante ha acreditado el pago de los aranceles correspondientes, de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 627/GCBA/02;

Que en atención a lo manifestado en los párrafos precedentes, resulta pertinente otorgar a Total Security S. A. la habilitación de la actividad como prestadora de servicios de seguridad privada, sin perjuicio de la obligación que le cabe a la solicitante de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 5°, Inc. g) de la Ley N° 118 y su modificatoria N° 963, una vez concluido el trámite ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, cuya constancia de inicio acompaña;

Que por otra parte...

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