Disposición N° 569/2011

Fecha de disposición16 Agosto 2011
Fecha de publicación02 Noviembre 2011
SecciónDisposiciones

Bs. As., 16/8/2011

VISTO el Expediente N° 112.060/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

Que en las actuaciones de referencia el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (S.M.A.T.A) - SECCIONAL MISIONES, el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (S.M.A.T.A) NACIONAL y la empresa AUTOMOTORES EL CONDOR S.A. solicitan la homologación del Acuerdo obrante a fojas 41/43.

Que las partes han acreditado fehacientemente la representación invocada, encontrándose legitimadas para asumir el carácter que detentan en la negociación.

Que cabe advertir que el Acuerdo se ha efectuado en los términos de la Conciliación Obligatoria prevista en la Ley N° 14.786.

Que la Empresa y el sector gremial se comprometen a dar efectivo cumplimiento con todos los puntos convenidos desistiendo de toda acción iniciada vinculada al conflicto de marras.

Que asimismo, del cotejo de las cláusulas obligacionales pactadas no surge contradicción alguna respecto de la normativa laboral vigente.

Que a foja 49 la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de lo dispuesto en el Decreto N° 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1°

— Declárese homologado el Acuerdo celebrado en el marco de la Conciliación Obligatoria prevista en la Ley N° 14.786, suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (S.M.A.T.A) - SECCIONAL MISIONES, el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (S.M.A.T.A) NACIONAL y la empresa AUTOMOTORES EL CONDOR S.A., que luce a fojas 41/43, del Expediente Nº 112.060/10.

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 41/43 del Expediente N° 112.060/10.

ARTICULO 3°

— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4°

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5°

— Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no...

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