Disposición N° 3247/DGDYPC/20

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 3247/DGDYPC/20
Buenos Aires, 14 de mayo de 2020
VISTO: El Expediente Electrónico N° 04206794-MGEYA-DGDYPC-2019, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N°
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia del Sr. SANTOS DEMETRIO
ARJONA, DNI 8.195.404, contra SUSANA BINNIER, CUIT 27-12885283-8, por
presunta infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 12/03/19 se
promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin
acuerdo entre las partes;
Que por Informe IF-2019-15417029-GCABA-DGDYPC el Registro Público de
Administradores de Consorcio de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Susana Binnier, se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 10433;
Que por providencia PV-2019-24936763-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción a los artículos 10 incisos b), d), e), f), g) e i) y 12 de la Ley 941;
Que debidamente notificada, la sumariada no presenta descargo;
Que no quedando diligencias pendientes, se ordenó el pase de autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administradora la presunta
infracción al artículo 10 incisos b), d), e), f), g) e i) de la Ley 941, cuyo texto reza: “De
las liquidaciones de expensas: Las liquidaciones de expensas contendrán: (...) b.
Datos del consorcio, con el Nº de C.U.I.T. y Clave de Identificación en el Sindicato
Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal. (...) d. Nombre y cargo del
personal del consorcio, indicando categoría del edificio, Nº de C.U.I.L., sueldo básico,
horas extras detalladas, período al que corresponde el pago, detalles de descuentos y
aportes por cargas sociales a cargo del consorcio. e. Detalle de los pagos por
suministros, servicios y abonos a contratistas, indicando nombre de la empresa,
dirección, Nº de C.U.I.T o C.U.I.L., Nº de matrícula, trabajo realizado, elementos
provistos, importe total y en su caso, cantidad de cuotas y número de cuota que se
abona. f. Detalle de pagos por seguros, indicando nombre de la compañía, número de
póliza, tipo de seguro, elementos asegurados, fechas de vencimiento de la póliza y
número de la cuota que se abona. g. El recibo del administrador por el cobro de sus
honorarios, detallando Nº de C.U.I.T., número de inscripción en el Registro de
Administradores, consignando su situación fiscal, importe total y período al que
corresponde. (...) i. Incluir el resumen de movimientos de la cuenta bancaria del
Consorcio correspondiente al mes anterior...”;
Que la citada imputación se basó en el formulario de liquidación de expensas de
diciembre 2018 -aportado en la denuncia y cuya autoría se adjudica a la sumariada-, la
cual no contendría el siguiente detalle exigido por la normativa, a saber: clave
SUTERH (en infracción al inciso b); categoría del edificio (en incumplimiento al inciso
d); dirección y CUIL/CUIT en todos los pagos por servicios y a proveedores en Rubros
ABONOS, GASTOS VARIOS, REPARACIONES y SERVICIOS, y por ejemplo,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6378 - 16/05/2022

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