Disposición N° 321/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición18 de Febrero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 321/DGIUR/22
Buenos Aires, 10 de febrero de 2022
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 35.603.726-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interna de Basamento para la Manzana 095, Sección 059;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2022-06456288-GCABA-DGIURR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada a Unidades de Sustentabilidad de Altura Media (U.S.A.M.) Art. 6.2.4 del
Código Urbanístico y su Modificación, por lo que corresponde el trazado de Línea de
Frente Interno (L.F.I.) y Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Cucha Cucha, Juan Agustín
García, Espinosa y la Av. Teniente General Donato Álvarez. Dicha manzana posee un
frente de 98.52 m sobre la calle Cucha Cucha, un frente de 132.88 m sobre la calle
Juan Agustín García, un frente de 165.43 m sobre la Av. Teniente General Donato
Álvarez; todos ellos medidos en las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales
(L.O.). Asimismo, computa una superficie total de 6545.72 m2, de acuerdo a Consulta
de registro catastral obtenida por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (U.S.A.M.) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código Urbanístico,
la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a
trazar la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -
conforme al grafico que adjunta-, siendo que la parcela en consulta, 025, ubicada en la
Av. Teniente General Donato Álvarez Nº 2275, que resulta en una no afectación de la
Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea de Interna de Basamento (L.I.B.);
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6322 - 18/02/2022

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