Disposición Nº 419/2011

Fecha de disposición07 Junio 2011
Fecha de publicación22 Septiembre 2011
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta32240

Bs. As., 7/6/2011

VISTO el Expediente Nº 1.419.645/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS MARITIMOS UNIDOS (S.O.M.U.), por el sector gremial y la empresa GRINFIN SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresario, obrante a fojas 33/34 del Expediente Nº 1.419.645/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 583/10.

Que mediante el texto convencional de marras las partes convienen modificaciones salariales en el marco del Convenio precitado, manteniendo para el personal de la empresa el sistema de remuneración dolarizado que resulta del Acuerdo Nº 1024/08, que fuera homologado por esta Cartera de Estado mediante Resolución S.T. Nº 1499/08, celebrado a nivel empresa entre los mismos entes negociales de marras, conforme a las condiciones y términos allí establecidos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales ratifican el contenido y firmas insertas en el acuerdo traído a estudio.

Que asimismo, poseen acreditada ante esta Cartera de Estado su personería y facultades para negociar colectivamente.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º

— Declárese homologado el acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS MARITIMOS UNIDOS (S.O.M.U.), por el sector gremial, y la empresa GRINFIN SOCIEDAD ANONIMA, por el sector...

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