Disposición N° 312/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 312/DGIUR/19
Buenos Aires, 8 de marzo de 2019
VISTO:
El Expediente Nº 6.923.418/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Instrumentos de precisión, científicos, musicales, ortopedia", para
el inmueble sito en la calle Asunción Nº 3827 Planta Baja - U.F Nº1, con una superficie
a habilitar de 157,00 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble emplazado en Áreas de Protección Histórica Específica:
APH 36 "Plaza Arenales y Estación Devoto", y el mismo no se encuentra Catalogado;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
7589066-DGIUR-2019, informa que según lo establecido en el parágrafo 3.7.30.
APH36 - Plaza Arenales y Estación Devoto- del Código Urbanístico, para el capítulo
5.2 APH36) Usos en inmuebles no catalogados se permiten los siguientes usos: "...
Comercial:... Artículos de deporte, armería y cuchillería, ortopedia, instrumentos de
precisión, científicos y musicales- símbolos partiros, medallas y trofeos hasta 50m²...";
Que en tal sentido el Área Técnica competente entiende que no sería factible acceder
al visado de los usos solicitados: "(1.8.19) Instrumentos de precisión, científicos,
musicales, ortopedia", para el inmueble sito en la calle Asunción Nº 3827 Planta Baja -
U.F Nº1, toda vez que la superficie a habilitar es mayor a la permitida (50m²);
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Deniégase la localización del uso "Instrumentos de precisión, científicos,
musicales, ortopedia", para el inmueble sito en la calle Asunción Nº 3827 Planta Baja -
U.F Nº1, con una superficie a habilitar de 157,00 m², (Ciento cincuenta y siete metros
cuadrados), por resultar la superficie a habilitar mayor a la permitida (50m²);
Artículo 2º.- Regístrese, notifíquese y entréguese copia de la presente al recurrente.
Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido
archívese. Copola
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5583 - 22/03/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR