Disposición N° 311/DGABS/22

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición10 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 311/DGABS/22
Buenos Aires, 6 de mayo de 2022
VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto consolidado Ley N° 6.347), los Decretos Nº 74-
GCABA/21, N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, las Resoluciones Nº 001-UPE-
UOAC/08, Nº 232-UPEUOAC/09, y sus modificatorias, la Disposición Nº 167-
DGCYC/21 y el Expediente Electrónico EX-2022-15287681- -GCABA-DGABS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante los presentes actuados tramita la Contratación Directa BAC N° 401-
0507-CDI22 para la adquisición de LAsparaginasa, Mitoxantrona y Dactinomicina,
Medicamentos Oncológicos con certificado de comercialización extendido por ANMAT
a un único Laboratorio elaborador para pacientes agudos que son atendidos en los
Hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, en un todo de acuerdo a lo establecido en el art. 28 inc. 5), de la Ley Nº 2.095
(Texto consolidado Ley N° 6.347), su Decreto Reglamentario N° 74-GCABA/21, bajo la
modalidad de Orden de Compra Abierta, conforme art. 39 y 40 de la mencionada
normativa, que comprende la adquisición de CUARENTA Y SIETE (47) unidades de L-
ASPARAGINASA De 10.000 UI, inyectable, liofilizado, en frasco ampolla, VEINTITRÉS
(23) unidades de MITOXANTRONA De 20 mg (como clorhidrato), inyectable, en
ampolla x 10 ml. y OCHO (8) unidades de DACTINOMICINA De 0,5 mg, inyectable, en
frasco ampolla;
Que respecto de los referidos medicamentos, se ha acreditado en el actuado que la
firma BIOPROFARMA BAGO S.A. es el único elaborador / distribuidor titular del
registro en la República Argentina;
Que por medio de la nota NO-2022-13641122-GCABA-DGCTFS, la Dirección General
de Coordinación General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud,
consideró pertinente dar inicio a un proceso de contratación en forma directa, al
amparo del artículo 28, inciso 5° de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N °
6.347), toda vez que la norma así lo habilita “cuando se trate de bienes o servicios
prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o
entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes”;
Que mediante las notas NO-2022-15075459-GCABA-DGCTFS y NO-2022-15163837-
GCABA-DGCTFS, la Dirección General de Coordinación General de Coordinación,
Tecnologías y Financiamiento en Salud manifestó la imposibilidad de encontrar
sustitutos convenientes;
Que por medio de la nota NO-2022-13800348-GCABA-SSPSGER, la Subsecretaría de
Planificación Sanitaria y Gestión en Red brindó su aval respecto de lo requerido por la
Dirección General de Coordinación General de Coordinación, Tecnologías y
Financiamiento en Salud;
Que mediante nota NO-2022-13921400-GCABA-SSASS, la Subsecretaría de
Administración del Sistema de Salud prestó conformidad a la gestión requerida;
Que el art. 28, inc. 5) de la ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), prevé la
posibilidad de seleccionar directamente al proveedor, debiendo encontrarse dicha
medida debidamente fundada y ponderada por autoridad competente “Cuando se trate
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6374 - 10/05/2022

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR