Disposición N° 31/DGPSE/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 31/DGPSE/21
Buenos Aires, 13 de diciembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6292 (texto consolidado según Ley N°6.347), el Decreto de
Necesidad y Urgencia 1510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.017), la Disposición DI-
2021-2-GCABA-DGPSE, la Disposición DI-2021-21-GCABA-DGPSE , el EX-2021-
36349953-GCABA- DGPSE, y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N°6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.347), se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en el
artículo 2° al Ministerio de Cultura entre sus Ministerios;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el
nivel de Dirección General estableciendo dentro de las responsabilidades primarias de
la Dirección General de Planificación y Seguimiento la de “coordinar la relación del
Ministerio con actores públicos y privados del ámbito cultural”, entre otras;
Que, mediante Disposición DI-2021-2-GCABA-DGPSE se aprobó la realización de la
actividad "Patrimonio e Identidad Abasto”, complementaria a esta actividad se generó
la Disposición DI-2021-21-GCABA-DGPSE, donde se aprobó la realización de las
actividades que bajo el lema “Patrimonio Inmaterial: filete porteño”, que se llevaron a
cabo el 23 de octubre de 2021, con la consecuente intervención artístico-cultural
según la programación detallada en el Anexo I de dicha Disposición, con entrada libre
y gratuita sujeto a los cupos disponibles;
Que por un error material involuntario en los vistos de dicha disposición se relacionó
inadvertidamente el expediente electrónico ”EX-2021-31208634-GCABA-DGPSE”;
cuando hubiera correspondido en su lugar relacionar el expediente electrónico “EX-
2021-36349953-GCABA-DGPSE”,
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.017), establece que en cualquier momento
podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos,
siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;
Que, por todo lo expuesto, habiendo advertido esta Dirección General dicho error
material, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO
DISPONE:
Artículo 1°.- Rectifíquese el visto de la Disposición DI-2021-21-GCABA-DGPSE, el que
quedará redactado de la siguiente manera: «VISTO La Ley N° 6292 (texto consolidado
según Ley N°6.347), los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/2020, y
sus prórrogas, N° 1/GCABA/20 y sus prórrogas, la Resolución Conjunta RESFCN.°
19/MDEPGC/21, la Disposición DI-2021-2-GCABA-DGPSE, el EX-2021-36349953-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6277 - 16/12/2021

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