Disposición N 1124/GCABA/DGIUR/09

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2009

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPOSICIÓN N 1124/GCABA/DGIUR/09SE AUTORIZA LOCALIZACIÓN DE USO EN EL LOCAL SITO EN VENEZUELA 642

Buenos Aires, 07 de diciembre de 2009

DISPOSICIÓN N.° 1124/DGIUR/09.

Buenos Aires, 7 de diciembre de 2009

VISTO:

El Expediente N° 1.141.318/2009 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos "Café bar, Despacho de Bebidas, Wisquería, Cervecería", en el local sito en la calle Venezuela N° 642, con una superficie a habilitar de 171,18m², y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito R2aII de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N° 2959-DGIUR-2009, respecto al uso, informa que:

• La actividad se desarrolla en planta baja, entrepiso y primer piso.

• El uso solicitado resulta referenciado con el numeral "C" en el Distrito de Implantación, por lo que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, determinará la factibilidad de su localización;

Que respecto al entorno, indica:

• Lindero al predio se localizan comercios.

• En el contrafrente se releva un comercio.

• Frentista al predio se localizan usos comerciales.

• En la manzana se desarrolla un porcentaje elevado de usos comerciales (aproximadamente un 90%);

Que en tal sentido, el Área Técnica competente, no encuentra en primera instancia, inconvenientes en acceder a los usos solicitados, debiendo el Consejo del Plan Urbano Ambiental, expedirse al respecto;

Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, mediante Informe N° 347-CPUAM-2009 indica que no tiene objeciones, desde el punto de vista urbanístico, para acceder a la localización de los usos solicitados. Se deja expresa constancia que no podrá desarrollar la actividad música y/o canto, por no encontrarse permitido en el Distrito;

Que el Área Técnica competente a través del Dictamen N° 3603-DGIUR-2009...

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