Disposición N 77/GCABA/DGHP/11

FirmantesSandberg Haedo - Boscoboinik - Berkowski
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Habilitaciones y Permisos
Fecha de la disposición10 de Junio de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS

DISPOSICIÓN N 77/GCABA/DGHP/11SE SUSPENDE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LUGARES BAILABLES DEL LOCAL QUE OPERA CON NOMBRE DE FANTASÍA THE CHURCH

Buenos Aires, 10 de junio de 2011

DISPOSICIÓN N.° 77/DGHP/DGFYC/DGFYCO/11.

Buenos Aires, 10 de junio de 2011

VISTO:

el Expediente N° 1.445.687/2009, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 02-SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11-SSCC/05 (BOCBA N° 2194), la Resolución N° 12-SSCC/05 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/05 (BOCBA N° 2352), la Resolución N° 12-SSCC/06 (BOCBA N° 2370), la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/06 (BOCBA N° 2521), la Ley N° 2624/07 promulgada por Decreto N° 2137/07, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente N° 1.445.687/2009, el Sr. OMAR A. AMO en su carácter de titular solicitó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/05, para el local ubicado en la calle Suipacha N° 842 (PB) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía THE CHURCH,

Que, el mencionado local posee habilitación otorgada por expediente N° 45.433/2009 para el rubro café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y local de baile clase "C" como actividad complementaria, con una capacidad máxima autorizada para funcionar de doscientas veinte (220) personas;

Que dicho local se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 113/09, otorgado con fecha 18 de diciembre de 2009 mediante Disposición N° 000113-DGHP- DGFYC -DGFYCO/09;

Que, por Disposición N° 146/DGHP-DGFYC-DGFYCO/10 de fecha 17 de diciembre de 2010, el local renovó la inscripción por el término de un (1) año.-

Que, en fecha 13 de marzo de 2011, venció el certificado de reválida trimestral Ordenanza N° 50.250, que otorga la Superintendencia Federal de Bomberos-Policía Federal Argentina- circunstancia que amerita disponer la suspensión de la inscripción ante este Registro hasta tanto el Sr. Omar A. Amo presente certificado;

Que, en fecha 17 de mayo del corriente se libró cedula de intimación bajo apercibimiento de proceder a la baja preventiva de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables, a fin que el titular presente en el plazo de 24 hs. la correspondiente revalida del...

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