Disposición N° 307/HGAPP/22

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición24 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 307/HGAPP/22
Buenos Aires, 2 de agosto de 2022
VISTO: el EX-2022-13294738-GCABA-HGAPP donde se tramita la compra de material
para Laboratorio adjudicada a la firma QUIMICA CORDOBA S.A. y,
CONSIDERANDO:
Que, en dicho expediente se encuentra la Orden de Compra 426-6357-OC22 a favor
de la firma QUIMICA CORDOBA S.A.;
Que, la firma presenta una nota donde hace referencia a dicha Orden de Compra;
Que, en dicha nota la empresa nos comunica que debido a que el plazo de
mantenimiento se encuentra vencido (26/05/22) y al resultarles imposible mantener los
precios ofertados en su momento, se ven obligados a rechazar la Orden de Compra
426-6357-OC22;
Que, para ordenar la situación actual de esta actuación se debe rescindir en forma
total la Orden de Compra 426-6357-OC22 por un importe de pesos CIENTO
CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA ($ 144.780,-);
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° Inciso d) de la
Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA . N° 2557) y su Decreto
reglamentario Nº 754-GCBA-2008;
“EL DIRECTOR MEDICO DEL HOSPITAL “P.PIÑERO”
DISPONE:”
Art. 1º.- Rescíndase en forma total la Orden de Compra Nº 426-6357-OC22 de la firma
QUIMICA CORDOBA S.A. la cual se obra en el EX-2022-13294738-GCABA-HGAPP
por un importe de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS
OCHENTA ($ 144.780,-) sin aplicación de penalidades al amparo de lo establecido en
el art. 134 de la Ley 2095/06 y su Decreto Reglamentario 754/08.
Art. 2°.- Pase a la Subgerencia Administración General la que notificará
fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI
Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras y
Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135°
de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires para la caratulación del respectivo Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146-
DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271).
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de acuerdo a lo establecido en la
Disposición Nº 222-DGCYC-17 BOCBA. N° 2557. Rivero
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6446 - 24/08/2022

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