Disposición N° 304/DGTALMC/19

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición14 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 304/DGTALMC/19
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2019
VISTO: El Decreto Nº 433-GCBA-16, el E.E Nº 39.752.958-2019, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 433/16, se estableció un régimen para hacer frente a
aquellos gastos realizados por resultar de una operación impostergable que asegure
un servicio o beneficio inmediato para la Ciudad o su gestión administrativa, y que
deben llevarse a cabo con una celeridad y eficacia que impida realizar otro
procedimiento previsto en la normativa vigente;
Que por el Anexo I del Decreto Nº 433/16, se autoriza al Director General Técnico,
Administrativo y Legal o funcionario con rango o responsabilidades equivalentes a
aprobar contrataciones por un monto mensual de PESOS SEIS MILLONES ($
6.000.000);
Que a través de NO-2019-39779836-GCABA-MCGC este Ministerio solicitó iniciar la
aprobación del gasto correspondiente al servicio de producción integral para la función
Compañía "Las Ilusiones" realizada el 18 de diciembre del corriente año en el Teatro
Gran Rivadavia, sito en Avenida Rivadavia 8636 propiedad del Teatro Gran Rivadavia
S.A.,
Que en tal sentido, se trató de una operación impostergable en razón de asegurar
servicios instrumentales y fines esenciales, que debió llevarse a cabo con una
celeridad que impidió someterlo a los procedimientos previstos por la Ley Nº 2095
(texto consolidado por Ley N° 6.017) de compras y contrataciones vigentes, conforme
lo requerido por el inciso a) del artículo 3 del Decreto N° 433/16;
Que con una vasta experiencia en el rubro, resulto conveniente la oferta presentada
por la firma Teatro Gran Rivadavia S.A., CUIT Nº 30-71422462-6, que cotizó un precio
acorde a los valores actuales de mercado, por un monto total de PESOS
DOSCIENTOS QUINCE MIL ($215.000.-);
Que de acuerdo a lo informado por la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones
mediante IF-2019-39944451-GCABA-DGTALMC, devino necesario contratar a la
precitada firma toda vez que la Orden de Compra 500-3447-OC19 a favor de la misma
que tramitó por Contratación Directa Art. 28, inc.5) se encontraba finalizada, y el
servicio de referencia fue fundamental para continuar con la oferta artístico cultural
para diverso público;
Que el proveedor se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y
Permanente de Proveedores al momento de la aprobación del gasto, y se ha
recepcionado satisfactoriamente el servicio solicitado, de conformidad con lo requerido
en el inciso c) del referido artículo de acuerdo a lo informado por la Unidad Ministro
mediante NO-2019-39779836-GCABA-MCGC ;
Que se ha dado cumplimiento a las formalidades exigibles para la aplicación del
régimen de excepción en cuestión;
Que se efectuó la correspondiente Solicitud de Gasto, según el sistema SIGAF;
Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en la Disposición Nº 49-DGAC-08.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nro. 433/16,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5779 - 14/01/2020

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