Disposición N° 303/HGAP/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 6 de Junio de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 303/HGAP/19
Buenos Aires, 30 de abril de 2019
VISTO: La Ley N° 2095, (texto consolidado por Ley Nº 5666), el E.E. Nº 2017-
18338078-HGAP, la Contratación Directa N° 425-0961-CDI17 y la Orden de Compra
N° 425-12131-OC17 a favor de AGIMED S.R.L. ; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el E.E. mencionado ut-supra se autorizó la Contratación Directa N° 425-
0961-CDI17 que gestionó el servicio de reparación integral de 5 transductores para
monitores de latidos fetales con destino al servicio de Tocoginecología - Centro
Obstétrico emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra 425-12131-OC17 a
favor de la firma AGIMED S.R.L. por la suma de pesos ochenta mil seiscientos
veintinueve con 50/100 ($80.629,50), habiéndose fijado, QUINCE (15) días hábiles
para la entrega, cuyo vencimiento operó el día 13/10/2017;
Que con fecha 15/02/2019 la firma adjudicataria procedió a la entrega del Renglón Nº
1 (reparación integral de 5 transductores para monitores de latidos fetales), según
Parte de Recepción Definitiva N° 29694/HGAP/2019, es decir, vencido el plazo de
cumplimiento pactado, por lo que corresponde aplicar una multa por mora en la
reparación;
Que en varias ocasiones el hospital procedió a reclamar telefónicamente y vía mail la
reparación de los equipos;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley 2095 de
Compras y Contrataciones de la Ciudad de Autónoma Buenos Aires (BOCBA 2557),
promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA 2557) y su Decreto Reglamentario
N° 326-AJG-17.
EL DIRECTOR
DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "Dr. JOSE M. PENNA"
EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA
DE ADQUISICIONES
DISPONE:
Artículo 1°.- Impónese a la firma AGIMED S.R.L.. - CUIT N° 30-70229752-0
adjudicataria de la Orden de Compra N° 425-12131-OC17 domiciliada en Cullen 5769,
piso N° 3, de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 116°, 119°, 125° y 128°
de la Ley 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y su Decreto Reglamentario 326/17 (texto consolidado por Ley Nº 5666), las
penalidades que a continuación se detallan:
Una multa de PESOS un mil seiscientos doce con 59/100 ($1612,59) por mora en la
entrega, correspondiente al 2% del valor de la entrega fuera de término.
Una multa de PESOS ocho mil sesenta y dos con 95/100 ($8.062,95) por
Rehabilitación del contrato, correspondiente al 10% del valor del servicio contratado.
Una multa por mora del contrato rehabilitado, de PESOS treinta y tres mil ochocientos
sesenta y cuatro con 39/100 ($33.864,39) correspondiente al 42 % del valor del
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5633 - 06/06/2019

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