Disposición N° 302/DGCYC/22

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición27 de Abril de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 302/DGCYC/22
Buenos Aires, 22 de abril de 2022
VISTO: Las Leyes Nº 2.095 y Ley Nº 5.511 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el
Decreto Nº 74/21, el Decreto N° 303/16, la Resolución Nº 1.569/GCABA-MHFGC/21,
la Disposición N° 72/GCABA-DGCYC/22 y los Expedientes Electrónicos N°
18.670.834/GCABA-DGCYC/2.021 y N° 18.809.462/GCABA-DGCYC/2.021, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 5.511 (texto consolidado por Ley N° 6.347) establece las normas
básicas que deben observarse para los procesos de gestión de los bienes muebles en
desuso del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual fue
reglamentada por Decreto N° 303/16;
Que por la citada actuación tramita la venta de materiales en desuso en calidad de
bienes innecesarios, en el estado en que se encuentran, existentes en diversos
depósitos ubicados en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la carga y el
retiro de los mismos de los predios en los que se encuentran, al amparo de lo
establecido en el artículo 10.3 inciso b) de la Ley N° 5.511 (texto consolidado por Ley
N° 6.347);
Que los elementos que se propician enajenar, previamente se clasificaron como
bienes fuera de uso y/o servicio que no sean bienes en desuso reubicables, atento los
términos del artículo 6 inciso b) de la Ley N° 5.511 (texto consolidado por Ley N°
6.347);
Que los bienes en cuestión no son de utilidad para el uso de este Gobierno, ni procede
su transformación o consumo, encontrándose acopiados en diversos depósitos;
Que por Resolución N° 1.569/GCABA-MHFGC/21 se aprueban los procedimientos y
circuitos de baja de bienes muebles en desuso y de los bienes muebles registrables en
desuso;
Que resulta prioritario proceder a su enajenación a fin de liberar espacio en el predio
antes citado;
Que por Disposición N° 72/GCABA-DGCYC/22 se designó al área de precios de
referencia dependiente de la Gerencia Operativa de Registros, con el fin de llevar a
cabo la tasación de los elementos a enajenar señalados en las actas de pre-loteo;
Que se ha realizado la evaluación y análisis de los seguros establecidos en el Pliego
de Bases y Condiciones Particulares, a través de la Nota Nº NO-2022-13624321-
GCABA-DGCYC;
Que asimismo, mediante Nota N° NO-2022-13465179-GCABA-DGCYC, la Gerencia
Operativa de Registro dependiente de esta Dirección General, tomó la intervención de
su competencia en lo referente al Régimen de Penalidades y Sanciones;
Que por Expediente Electrónico N° 18.809.462/GCABA-DGCYC/2.021 se ha dado a la
Dirección General de Contaduría la intervención de su competencia;
Que los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales y de Condiciones
Particulares, se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y
adquisición en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Asimismo, los oferentes interesados podrán solicitar los pliegos al siguiente
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6365 - 27/04/2022

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