Disposición N° 30/DGGSM/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 2 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 30/DGGSM/21
Buenos Aires, 9 de noviembre de 2021
VISTO: Las Leyes N° 6.292 y 2148 (texto consolidado según Ley Nº 6347), el Decreto
463/GCABA/19 y sus modificatorios, el Expediente N° EX-2021-23288425-GCABA-
DGGSM, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Expediente referido en el Visto, la firma Servicios Premium SA.
solicita la renovación como prestadora de despacho de viajes para la explotación del
Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con
Taxímetro;
Que la firma opera haciendo uso de las frecuencias exclusivas propias TX 339,225 /
340,850 / 494,375/495,0625 Mhz y RX 343 / 344,850 /504,375 / 505,0625 Mhz,
asignadas por la Comisión Nacional de Comunicaciones mediante Disposiciones
N°2758, GI-2004,2731-GI05, 505-GI-06 y Expedientes N° 12178-CNC-99, 1302- CNT-
93, 12126-CNT-92;
Que mediante Ley N° 6.292 se estableció la estructura ministerial y las competencias
actualmente vigentes para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la estructura organizativa de la Jefatura de
Gabinete de Ministros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dentro de las Responsabilidades Primarias asignadas a la Dirección General de
Gestión de Servicios de la Movilidad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, establecidas en los precitados decretos, se encuentra la de controlar,
administrar y gestionar el Registro de Taxis, Radio-Taxis y Mandatarias (RUTAX), el
Registro de Remises y Agencias de Remises (RUREM) y el Registro de trabajadores
de motovehículos destinados al servicio de mensajería y delivery, entre otras;
Que conforme la Ley 2148 (texto consolidado según ley Nº 6347), en su Título Décimo
Segundo se encuentra regulado EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE
PASAJEROS EN AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO TAXIS;
Que la Gerencia Operativa de Taxis Remises y Escolares ha verificado el
cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 2148 (texto consolidado según
Ley Nº 6.347), correspondiendo a la empresa de Servicios Premium S.A la renovación
como prestadora de despacho de viajes para la explotación del Servicio de Transporte
Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con Taxímetro;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, conforme el Decreto Nº
463/GCABA/19 y sus modificatorios;
EL DIRECTOR GENERAL
DE GESTIÓN DE SERVICIOS DE MOVILIDAD
DISPONE:
Artículo 1°. - Autorízase la renovación por el plazo de un año, a computarse desde la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6269 - 02/12/2021

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