Disposición N° 3/UAIENTUR/18

EmisorSecretaría General y Relaciones Internacionales
Fecha de la disposición13 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 3/UAIENTUR/18
Buenos Aires, 30 de mayo de 2018
VISTO:
Las Leyes Nº 70 y Nº 5.960; los Decretos Nº 1000-GCABA/99, Nº 67-GCABA/10 y Nº
277-GCABA/16; las Resoluciones Nº 03-SECLYT-MHGC-MJGGC/15, Nº 51-
MHGC/10, N° 221-ENTUR/16, Nº 132-MHGC/18 y 110-ENTUR/18; la Disposición Nº
A-09-DGCG/10 y sus modificatorias Nº 183-DGCG/13 y Nº 36-DGCG/15; y el
Expediente Electrónico Nº 3.697.456-MGEYA-UAIENTUR/2018; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 70 y su Decreto Reglamentario Nº 1000-GCABA/99 se fijaron
los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante "CABA") y establecieron la
organización y funcionamiento de sus órganos;
Que por el Decreto Nº 67-GCABA/10 se aprobó el régimen para la asignación de
fondos a las reparticiones del Gobierno de la CABA (en adelante "GCABA");
Que a través de la Resolución Nº 51-MHGC/10 se aprobó la reglamentación del
mencionado decreto;
Que por Disposición Nº A-09-DGCG/10, modificada por Disposición Nº 183-DGCG/13
y Disposición Nº 36-DGCG/15, se aprobaron los procedimientos para las asignaciones
en concepto de Caja Chica Común (en adelante "CCC"), Caja Chica Especial y
Fondos con cumplimiento de Régimen de Compras y Contrataciones;
Que la Resolución Conjunta Nº 03-SECLYT-MHGC-MJGGC/15 estableció el
procedimiento de solicitud, rendición y reposición de CCC por expediente electrónico
(en adelante, "EE");
Que en el artículo 5 de la Resolución Nº 132-MHGC/18 se prevé que los montos de las
cajas chicas por jurisdicción y reparticiones del GCABA pueden ser repuestos hasta un
máximo de once (11) veces por ejercicio;
Que, a su vez, en el Anexo II de la antedicha resolución se determina el monto de
PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00) para las cajas chicas de las Unidades
de Auditoría Interna del GCABA y, en el Anexo III, el máximo de PESOS DIEZ MIL ($
10.000,00) para gastos de dichos organismos por comprobantes;
Que por el expediente citado en el visto tramita la primera solicitud de entrega de
fondos bajo el régimen de CCC efectuada por esta Unidad de Auditoría Interna (en
adelante "UAI") en el presente ejercicio;
Que conforme el artículo 16 del Anexo I del Decreto Nº 67-GCABA/10 corresponde al
titular de la Unidad de Organización receptora de fondos aprobar los gastos, mediante
acto administrativo, de acuerdo a la reglamentación, siendo el responsable de la
oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones;
Que, como consecuencia de la sanción de la Ley Nº 5.930, el Ente de Turismo del
CABA (en adelante, "ENTUR") pasó a la órbita de la Secretaría General y Relaciones
Internacionales del GCABA, resultando necesario proceder a la rendición de los
fondos de CCC con motivo del cambio de jurisdicción;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5393 - 13/06/2018

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