Disposición N° 3/HGNRG/20

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición28 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN CONJUNTA N3/HGNRG/20
Buenos Aires, 13 de enero de 2020
VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017) y su Decreto
reglamentario Nº 168-GCABA/19 modificado por Decreto N° 207-GCABA/19, la
Resolución Nº 596-MHGC/11, las Disposiciones Nº 302-DGCYC/13 y Nº 1073-
DGCYC/19 el Expediente Electrónico Nº 01499342/20-HGNRG, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación se tramita la adquisición de Ceftazidime + Avibactam con
destino al paciente T.C. atendido en la Unidad IV de este establecimiento de acuerdo
con el sistema electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos
Aires Compras (B.A.C.), conforme Solicitud de Gasto N° 420-58-SG20;
Que por el mencionado sistema electrónico se confeccionaron los Pliegos de Bases y
Condiciones Particulares por un monto estimado de pesos cuatrocientos sesenta y
seis mil ($ 466.000,00) y se llamó a Contratación Directa - Proceso de Compra Nº 420-
0012-CDI20 para el día 10-01-20 a las 10:00 hs, encuadrada según lo dispuesto por el
artículo 28 inciso 1 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N ° 6.017, a fin de
completar tratamiento del paciente mencionado ya que el medicamento solicitado no
se encuentra incluido en Compra centralizada;
Que se publicó, en el portal de compras electrónicas B.A.C. y en el sitio web del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cumpliéndose las instancias de
difusión y notificación correspondientes, de conformidad con lo establecido en los
artículos 95 y 99 de la Ley Nº 2.095;
Que habiéndose realizado la apertura electrónica en la fecha y hora prevista, se
recibieron cinco (5) ofertas de la siguiente firma: DROGUERIA FAMILY S.A.,
RODOLFO EDUARDO FRISARE S.A, PRISAL GROUP S.A., ALPHA MEDICAL
GROUP S.R.L., DNM FARMA S.A;
Que dado el carácter de excepcional que reviste la presente contratación, se
prescindirá de la emisión del Dictamen de Evaluación de Ofertas;
Que posteriormente los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas de esta
Repartición, en base al análisis de la documentación ingresada y de lo informado por
el área solicitante respecto al cumplimiento por parte de las firmas oferentes de lo
requerido, han procedido mediante BAC a emitir la correspondiente Recomendación
de Ofertas;
Que conforme se desprende de la precitada recomendación y en virtud de los
procedimientos consecuentes resulta recomendada la firma RODOLFO EDUARDO
FRISARE S.A, en términos de los artículos 108 y 110 de la Ley N° 2.095 (texto
consolidado por Ley Nº 6.017);
Que en consecuencia se procedió a efectuar la correspondiente afectación
presupuestaria para hacer frente a la erogación en cuestión;
Que por orden y en ausencia de la Directora conforme DI-2019-247-GCBA-DGHOSP,
el firmante será el Subdirector Médico en funciones.
Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades
otorgadas por el artículo 13 de la Ley Nº 2.095 y el Anexo II del Decreto N° 168-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5789 - 28/01/2020

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