Disposición Nº 3/GCABA/UERESGP/17
Firmantes | Canas |
Emisor | UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA |
VISTO:
La Ley N° 24.059, el Decreto Nacional N° 371/64, la Ley N° 621 y su Decreto
reglamentario N° 1089/02, la Ley N° 2189 y el Decreto N° 538/09, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2189 estableció el Régimen de Escuelas Seguras en Institutos
Educativos de Gestión Privada;
Que el Decreto 538/09 en su Artículo 17 fija, que la Unidad Ejecutora en su carácter de
autoridad de aplicación de dicho Régimen, ejerce el poder de Policía mediante el
control y supervisión, por medio de los funcionarios de la Dirección General de
Fiscalización y Control dependiente de la Agencia Gubernamental de Control;
Que dichos controles deben efectuarse en los domicilios habilitados y autorizados para
funcionar de las Instituciones Incorporadas a la Enseñanza Oficial o registradas en el
Registro de Instituciones Educativo Asistenciales, según corresponda;
Que conforme Decreto 371/64 del Poder Ejecutivo Nacional, se autoriza el
funcionamiento o Incorporación de las Instituciones Incorporadas a la Enseñanza
Oficial por parte de la Dirección General De Educación de Gestión Privada, en cuanto
autoridad de aplicación en la Ciudad de Buenos Aires asumiendo luego de la
transferencia educativa, las facultades de la ex Superintendencia Nacional de
Educación privada (SNEP) ;
Que conforme la Ley N° 621 y su Decreto reglamentario N° 1089/02, las Instituciones
Educativo Asistenciales podrán comenzar a funcionar una vez que la Dirección
General de Educación de Gestión Privada, a través del Registro correspondiente,
otorgue la Inscripción provisoria o definitiva y la autorización de funcionamiento;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por artículo 8° de La
Ley N° 2.189.
Por ello,
EL COORDINADOR EJECUTIVO DE
LA UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE
ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA
DISPONE
enseñanza oficial o registradas en el Registro de Instituciones Educativo Asistenciales,
según corresponda, solo podrán iniciar y/o desarrollar actividades educativas en un
determinado domicilio para un determinado Rubro, cuando dichos locales se
encuentren...
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