Disposición Nº 3/GCABA/DGLTACDN/16
Firmantes | Del Ãguila |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - CDNNYA |
VISTO:
La Ley N° 114, los Decretos Nros. 556/10 y 752/10, el Expediente Electrónico N°
07.143.559/MGEyA-DGLTACDN/2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las
funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los
derechos de los niños, niñas y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que los operadores y profesionales de las diferentes áreas de este Consejo, en
cumplimiento de sus funciones, utilizan el servicio de taxi para el traslado de niñas,
niños y adolescentes, a fin de cumplir con las tareas de protección de los derechos de
los mencionados;
Que mediante Nota NO N° 07.133.437/DGLTACDN/16, la Subdirección Operativa de
Bienes y Servicios requirió a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa
indicara las instrucciones a seguir a fin de abonar la prestación del servicio de taxi en
cuestión, correspondiente al mes de enero de 2016, desprendiéndose del informe
obrante como IF N° 07.552.660/DGLTACDN/16 que se trata de situaciones
impostergables que ameritan tomar medidas de urgencia, debiendo llevarse a cabo
con celeridad a fin de garantizar el cumplimiento de las funciones de este Consejo, y
agregando que las mencionadas intervenciones son efectuadas en zonas de riesgo,
donde en la mayoría de los casos los medios de transporte comunes no circulan o los
mismos resultan deficientes o inseguros para el personal de este organismo;
Que por el Expediente Electrónico N° 07.143.559/MGEyA-DGLTACDN/2016 tramita la
autorización del gasto correspondiente al mes de enero de 2016, por el servicio de
transporte de niñas, niños y adolescentes a favor de la firma Asociación Mutual Unidad
Taxista, CUIT N° 30-70.718.430-9, por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y
DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES con 88/100 ($ 132.483,88.-),
conforme se desprende de la Factura "C" N° 0001-00000863, obrante como DOCFI N°
07.542.368/DGLTACDN/16;
Que la Vicepresidencia de este Consejo, mediante Nota NO N°
06.514.454/CDNNyA/16; la Dirección General de...
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