Disposición Nº 3/GCABA/DGFYC.../17
Firmantes | Pérez Lorgueilleux - Alonso p/p |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL<br/>DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS <br/>DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS |
VISTO:
El Expediente N° 36839/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005
(B.O.C.B.A. N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución
02/SSCC/05 (B.O.C.B.A. N° 2136), la Resolución N° 11/SSCC/2005 (B.C.B.A.N° 2194)
la Resolución N° 12 SSCC-2005 (B.O.C.B.A. N° 2209), la Resolución N° 56-
SSCC/2005 (B.O.C.B.A. 2352), la Resolución N° 12-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. N° 2370)
y la Resolución N° 68 -SSEMERG-SSCC-2006 (B.O.C.B.A. N° 2521), la Ley N°
2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07, y
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Claudio Marcelo ZURITA, en carácter de titular, solicitó la renovación de la
inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005, para el local ubicado en la Av. Rivadavia N°
7523 Planta Baja, Entre Piso y Sótano, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
desarrolla actividad con nombre de fantasía "ASBURY ROCK" conforme constancia
obrante a fs. 2716;
Que, dicho local posee habilitación por expediente N° 35.936-2003 concedida para los
rubros café bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería, billares y pool (actividad
accesoria) y local de baile clase "C" actividad complementaria y, se encuentra inscripto
en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 70/06, por Disposición N° 0012-
DGHP-DGFYC-DGFOC/06, de fecha 21 de febrero del año 2006 obrante a fs. 179;
Que, mediante la Disposiciones Conjuntas N° 06/2007, N°01/08, N° 10/09, N° 14/10,
N° 12/11, N° 29/12, N° 26/13, N° 21/14 y DISFC-2015-17-DGFYC respectivamente se
renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables para el local antes
referido, por el término de un (1) año;
Que, de conformidad con lo normado en los DNU N° 01 y 02 -GCBA-2005 y
Resoluciones reglamentarias N° 11 y N° 12 -SSCC/2005, se le otorgó una capacidad
máxima para funcionar de doscientas dieciséis (216) personas mediante informe de la
DGHP, obrante a foja 162 y Disposición Conjunta N° 0012/06 de fecha 21 de febrero
de 2006 obrante a fojas 179/180;
Que, el administrado deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y
demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente
renovación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin
intimación previa y de manera inmediata, la inscripción del local en este Registro;
Que, la Gerencia y Subgerencia Operativa Registro de Lugares Bailables, evaluaron la
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba