Disposición N° 3/DGCCYA/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 3/DGCCYA/22
Buenos Aires, 9 de febrero de 2022
VISTO: La Ley N° 6.246, los Decretos N° 60-GCABA/21 y Nº 152-GCABA/21, las
Disposiciones N° 2-GCABA-DGCCYA/21 y N° 6-GCABA-DGCCYA/21, el Expediente
Electrónico N° 06067894-GCABA-DGCCYA/21, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.246 se establece el Régimen de Contrataciones de Obra Pública
que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todos
los contratos de obra pública que se celebren y/o ejecuten en la Ciudad;
Que, mediante el Decreto N° 60-GCABA/21, se aprobó la Reglamentación de la
mentada Ley, los niveles de decisión y cuadro de competencias de los procedimientos
de selección para la contratación de Obra Pública;
Que, posteriormente, mediante Decreto Nº 152-GCABA/21 se aprobó el Pliego de
Bases y Condiciones Generales aplicable a las contrataciones de Obras Públicas que
se rijan por la mentada Ley N° 6.246;
Que, la mencionada Ley, en su artículo 9° establece que “(...) el sistema de obra
pública se organiza en función del criterio de centralización de las políticas, de las
normas, de la difusión centralizada de todos los procedimientos en un mismo portal
Web de Contrataciones electrónicas, y de la descentralización de la gestión operativa
(...)”;
Que, por su parte, el artículo 19° de la Ley N° 6.246 establece que “Los contratos de
obra pública comprendidos en esta ley se contratarán y ejecutarán mediante el
sistema de contrataciones electrónicas que apruebe el órgano rector (...)”, en tanto la
reglamentación de dicho artículo agrega que “Los contratos de obra pública se
contratarán y ejecutarán mediante el sistema de contrataciones electrónicas, conforme
a las normas y procedimientos aplicables para la contratación y gestión electrónica del
contrato que a tales fines apruebe el Órgano Rector, en coordinación con la Dirección
General Unidad Informática de Administración Financiera de la Subsecretaría de
Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda y Finanzas”;
Que esta Dirección General Coordinación de Contrataciones y Administración
dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa de la
Jefatura de Gabinete de Ministros, en su carácter de Órgano Rector del sistema de
Obra Pública, de acuerdo al artículo 10° de la citada Ley, tiene entre sus funciones las
de proyectar normas legales y reglamentarias; dictar normas aclaratorias,
interpretativas, complementarias y los manuales de procedimiento que correspondan;
y la de administrar el sistema de contrataciones electrónicas de obra pública conforme
lo establecido en el artículo 19° de la Ley, entre otras;
Que, en consecuencia, mediante la Disposición N° 2-GCABA-DGCCYA/21 se aprobó
el sistema BA Obras como Sistema Electrónico para la tramitación de los procesos de
contratación de Obra Pública que, a partir del 1° de marzo del año 2021, celebren las
distintas jurisdicciones del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
conforme lo prevé el mentado artículo 19° de la Ley N° 6.246 y su Decreto
Reglamentario N° 60-GCABA/21;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6318 - 14/02/2022

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