Disposición N° 29-HGNPE/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 29/HGNPE/18
Buenos Aires, 16 de marzo de 2018
VISTO:
El Expediente electrónico Nro 6918609/18, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº
1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) (texto consolidado por Ley 5666), Decreto
Reglamentario Nº 326/17 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de Magistrales para el
Servicio de Farmacia;
Que obra la Solicitud de Gasto 417- 971-SG18 debidamente valorizadas y su
correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2018;
Que, por Disposición DI-2018- 88 -HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado de la
Contratación Menor 417-518-CME18, para el día 09/03/2018 a las 11:00 hs, al
amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por
Ley 5666),
Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 6 ofertas de las siguientes
firmas: Raúl Jorge Poggi, Farmacia Colon S.R.L., Montebio S.R.L., Raúl Ángel
Lalanne, Ernesto Van Rossum y Cia. S.R.L., Química Córdoba S.A.,
Que se cumplimentó con el cuadro comparativo de precios que ordena la
reglamentación, por el que se preadjudicó a favor de las firmas: Farmacia Colon S.R.L.
(Renglones 3,6,11), Raúl Ángel Lalanne (Renglón 12) Ernesto Van Rossum y Cia.
S.R.L. (Renglón 27), Química Córdoba S.A. (Renglones
2,4,5,7,8,9,10,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,23,24,25,26,29)
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto
reglamentario N° 326/17 y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 392/10;
EL DIRECTOR DEL
HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DEELIZALDE
CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION
ADMINISTRATIVO ECONOMICO FINANCIERO
DISPONEN:
Artículo 1°. Apruébese la Contratación Menor Nº 417-0518-CME18 realizada al
amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por
Ley 5666) y adjudicase la adquisición de Magistrales para el Servicio de Farmacia a
las siguientes empresas: Farmacia Colon S.R.L. (Renglones 3,6,11) por un monto de
pesos: Veinticuatro mil setecientos cincuenta con 00/100 ($ 24.750,00), Raúl Ángel
Lalanne (Renglón 12) por un monto de pesos: Nueve mil novecientos con 00/100 ($
9.900,00), Ernesto Van Rossum y Cia. S.R.L. (Renglón 27) por un monto de pesos:
Tres mil quinientos cincuenta con 00/100 ($ 3.550,00) Química Córdoba S.A.
(Renglones 2,4,5,7,8,9,10,13,14,15,16,17,18,19,20, 21,22,23,24,25,26,29) por un
monto de pesos: Sesenta y cuatro mil ochocientos sesenta con 17/100 ($ 64.860,17)
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5346 - 04/04/2018

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