Disposición Nº 29/GCABA/AGIP/17

FirmantesFernández
EmisorADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

VISTO:

Las Leyes N° 2.603, N° 2.095, (Textos Consolidados por Ley N° 5.666) el Decreto N°

745/GCABA/08 y el Decreto N° 95/GCABA/14, N° 114/GCABA/16 y 411/GCABA/16 y

el Decreto N° 1.145/GCABA/09 y concordantes, las Resoluciones Conjuntas N°

9/MJGGC.../11 y N° 8/MHGC.../12, las Resoluciones N° 596/MHGC/11, N°

180/MHGC/08, N° 1.160/MHGC/11, N° 293/AGIP/16 y N° 343/AGIP/13 las

Disposiciones N° 396/DGCYC/14, N° 302/DGCYC/13 y N° 123/AGIP/16, los

Expedientes Electrónicos N° 26.898.208/AGIP/2015 y N° 26.379.550/AGIP/2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición N° 123/AGIP/16 se aprobaron los Pliegos de Bases y

Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, correspondiente al proceso

de compras N° 8618-1506-LPU16, referente a la contratación del servicio de

mantenimiento técnico de Servidores de Contingencia, de acuerdo con el

procedimiento electrónico de adquisiciones y contrataciones, denominado Buenos

Aires Compras (BAC);

Que por el artículo 2° del aludido acto administrativo, se impulsó el correspondiente

llamado para el día 20 de Diciembre de 2016 a las 12:00 hs., en los términos del

artículo 31

de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666) y habiéndose.

cumplido las instancias de difusión y notificación automatizadas mediante BAC, se

procedió a realizar la apertura electrónica de ofertas en la fecha y hora previstas;

Que de lo antedicho resultó que las firmas COMPUSISTEM S.A., AVANZIT

TECNOLOGÍA S.A. y NET INFORMATICA S.R.L., presentaron sus ofertas en el

debido plazo y forma;

Que la Subdirección General de Sistemas, mediante su Dirección de Tecnologías

Informáticas ha emitido su informe técnico (IF-2016-28185405-DGPLYCON) respecto

al grado de cumplimiento de lo requerido por parte de las ofertas recibidas;

Que posteriormente en base al análisis de la documentación ingresada y al informe

técnico precitado, se procedió mediante BAC a emitir el Dictamen de Preadjudicación

de Ofertas, tal como lo establece el artículo 108 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado

por Ley N° 5.666);

Que conforme se desprende del mencionado dictamen y en virtud de los

procedimientos consecuentes...

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