Disposición Nº 29/GCABA/AGIP/17
Firmantes | Fernández |
Emisor | ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS |
VISTO:
Las Leyes N° 2.603, N° 2.095, (Textos Consolidados por Ley N° 5.666) el Decreto N°
745/GCABA/08 y el Decreto N° 95/GCABA/14, N° 114/GCABA/16 y 411/GCABA/16 y
el Decreto N° 1.145/GCABA/09 y concordantes, las Resoluciones Conjuntas N°
9/MJGGC.../11 y N° 8/MHGC.../12, las Resoluciones N° 596/MHGC/11, N°
180/MHGC/08, N° 1.160/MHGC/11, N° 293/AGIP/16 y N° 343/AGIP/13 las
Disposiciones N° 396/DGCYC/14, N° 302/DGCYC/13 y N° 123/AGIP/16, los
Expedientes Electrónicos N° 26.898.208/AGIP/2015 y N° 26.379.550/AGIP/2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición N° 123/AGIP/16 se aprobaron los Pliegos de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, correspondiente al proceso
de compras N° 8618-1506-LPU16, referente a la contratación del servicio de
mantenimiento técnico de Servidores de Contingencia, de acuerdo con el
procedimiento electrónico de adquisiciones y contrataciones, denominado Buenos
Aires Compras (BAC);
Que por el artículo 2° del aludido acto administrativo, se impulsó el correspondiente
llamado para el día 20 de Diciembre de 2016 a las 12:00 hs., en los términos del
de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666) y habiéndose.
cumplido las instancias de difusión y notificación automatizadas mediante BAC, se
procedió a realizar la apertura electrónica de ofertas en la fecha y hora previstas;
Que de lo antedicho resultó que las firmas COMPUSISTEM S.A., AVANZIT
TECNOLOGÍA S.A. y NET INFORMATICA S.R.L., presentaron sus ofertas en el
debido plazo y forma;
Que la Subdirección General de Sistemas, mediante su Dirección de Tecnologías
Informáticas ha emitido su informe técnico (IF-2016-28185405-DGPLYCON) respecto
al grado de cumplimiento de lo requerido por parte de las ofertas recibidas;
Que posteriormente en base al análisis de la documentación ingresada y al informe
técnico precitado, se procedió mediante BAC a emitir el Dictamen de Preadjudicación
de Ofertas, tal como lo establece el artículo 108 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado
por Ley N° 5.666);
Que conforme se desprende del mencionado dictamen y en virtud de los
procedimientos consecuentes...
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