Disposición Nº 289/GCABA/DGIUR/16

FirmantesBugarin
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2016

VISTO:

El Expediente N° 7.790.534/2015, por el que se consulta sobre las obras de

modificación y ampliación propuestas, a materializarse en la parcela sita en la calle

Aranguren N° 2963, de acuerdo a lo graficado en Plano N° 38158220-DGIUR-2015 (N°

de Orden 36), y

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión, se encuentra emplazado en el Distrito C3II, de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano, sancionado por la Ley N° 449, Texto

Ordenado Decreto N° 1181-GCBA/07 (Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N°

2772);

Que la Gerencia Operativa Supervisión Interpretación Urbana de esta Dirección

General, mediante Informe N° 6472555-DGIUR-2016, con relación a la normativa que

le resulta de aplicación, informa que:

  1. El parágrafo 5.4.2.3 Distrito C3 - Centro Local establece

    "...a) Distrito C3II 1) Carácter: Son las zonas destinadas a la localización del

    equipamiento administrativo, comercial, financiero e institucional, a escala barrial.

    2) Delimitación: Según el Plano de Zonificación.

    3) Subdivisión: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 3.

    4) Tipología edilicia: Se permiten basamentos, edificios entre medianeras, edificios de

    perímetro libre y edificios de perímetro semilibre de altura limitada.

    Disposiciones particulares:

  2. Basamento:

    Altura máxima: 5 m. por encima de la cota de la parcela.

    Área edificable: Podrá ocupar la superficie de la parcela comprendida entre la L.E. y la

    L.I.B., salvo lo dispuesto en el Cuadro de Usos N° 5.2.1.

  3. Edificios entre medianeras:

    Tejido: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo con:

    Av. o calles de ancho menor a 17,50 m.: Altura máxima = 15 m.

    R = h/d = 2,4...".

    "...5) Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N°

    5.2.1...".

  4. El Artículo 4.9.2 - Disposiciones Particulares establece en su Interpretación Oficial:

    "...g) Pueden proponerse compensaciones volumétricas a los efectos de optimizar la

    estética urbana o el centro libre de manzana, atendiendo los hechos existentes en la

    misma...";

    Que según se desprende de la documentación que se adjunta en: Registro N°

    7743055-DGROC-2015 (N° de Orden 2): fs. 6 y 7 (Relevamiento fotográfico), fs. 8 a 12

    (Perímetro y ancho de calles y Consulta de Registro Catastral); Plano N° 7743264-

    DGROC-2015 (N° de Orden 3): fs. 1 (Trazado de L.F.I y L.I.B.), fs. 2 a 6 (1°

    propuesta), fs. 7 (Plano registrado del edificio lindero de la Parcela 29); Plano N°

    20246836- DGIUR-2015 (N° de Orden 20): fs. 1 (propuesta modificada); Informe N°

    ...

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