Disposición Nº 285/GCABA/DGIUR/16
Firmantes | Bugarin |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 2 de Marzo de 2016 |
VISTO:
El Expediente N° 1.029.845/2016, por el que se consulta sobre la obra de
recuperación del edificio existente sito en la Av. Independencia N° 2949, de acuerdo a
la Propuesta Arquitectónica, adjunta por Plano N° 1029807-DGROC-2016 y
Axonométricas adjuntas por Registro N° 1029791-DGROC-2016, Registro N°
1029787-DGROC-2016 y Registro N° 1029795-DGROC-2016, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de la Parcela 13, sita en la manzana circunscrita por la Av. Independencia
y las calles: La Rioja, Chile y Dean Funes, perteneciente al Distrito C3 I;
Que la Gerencia Operativa de Grandes Proyectos Urbanos de esta Dirección General,
mediante Informe N° 5613792-DGIUR-2016, indica que en la Memoria Descriptiva
adjunta solicitan: "...1) El encuadre del edificio existente en lo previsto por el Artículo
4.13. 2) Se considere a las áreas descubiertas "Espacio Urbano", a fin de
cumplimentar lo previsto por el Artículo 4.6.1.0. del Código de la Edificación...";
Que en relación con lo previsto por la normativa vigente, se informa que:
a. El Parágrafo 5.4.2.3. Distrito C3 - Centro Local; a) Distrito C3I, establece:
"... 1) Carácter: Son las zonas destinadas a la localización del equipamiento
administrativo, comercial, financiero e institucional, a escala local, con adecuada
accesibilidad..." "... Tipología edilicia: Se permiten basamentos, edificios entre
medianeras, edificios de perímetro libre y edificios de perímetro semi libre.
Disposiciones Particulares:
a. Basamento
Altura máxima: 6,50 m. por encima de la cota de la parcela.
Área edificable; podrá ocupar la totalidad de la superficie de la parcela, salvo las
limitaciones de FOS establecidas en el Cuadro de Usos N° 5.2.1.
b. Edificios entre medianeras
Cumplirán con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo con:
R = h / d = 3..." b. El Capítulo "4.13 RECUPERACIÓN DE EDIFICIOS EXISTENTES
CON PLANOS APROBADOS CON ANTERIORIDAD al 01/05/1977", establece:
"...4.13.2.1 Intervenciones de carácter edilicio: En los edificios comprendidos en este
régimen, cualquiera sea el distrito de zonificación en que se emplacen, el volumen
construido será considerado volumen conforme y pueden realizarse las siguientes
obras y acciones:
1) Obras de conservación, reforma, transformación subdivisión y ampliación de las
superficies internas por medio de entrepisos o entresuelos, cumpliendo lo establecido
en el Artículo 4.6.2.4 del Código de la Edificación, y...
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