Disposición N 897/GCABA/DGIUR/09
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 2 de Octubre de 2009 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPOSICIÓN N 897/GCABA/DGIUR/09SE AUTORIZA LA LOCALIZACIÓN DE USOS EN EL INMUEBLE SITO EN AV DE LOS INCAS 4795
Buenos Aires, 02 de octubre de 2009
DISPOSICIÓN N.° 897/DGIUR/09.
Buenos Aires, 2 de octubre de 2009
VISTO:
La Presentación Agregar N° 1 del Expediente N° 81.964/2006 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos "Comercio minorista de productos de abasto, carne, lechón, achuras y embutidos; de aves muertas y peladas, chivitos y productos de granja, huevos hasta 60 docenas; de productos alimenticios en general; de bebidas en general envasadas", en el inmueble sito en la Av. de los Incas N° 4795 y Ávalos N° 1401, Planta Baja, con una superficie a habilitar de 92,37m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito R1bI de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N° 243-DGIUR-2008, indica que analizado lo solicitado de acuerdo al Cuadro de Usos según Distritos N° 5.2.1 a) del mencionado Código se informa que todos los usos anteriormente citados, motivos de la consulta, están sujetos a la Referencia "C", debiendo por lo tanto el Consejo del Plan Urbano Ambiental estudiar la factibilidad de su localización;
Que con relación al sector urbano correspondiente al corredor conformado por Av. de los Incas entre Av. Triunvirato y Av. de los Constituyentes, caben las siguientes consideraciones:
-
Con anterioridad a la vigencia del Código de Planeamiento Urbano, el Código de Edificación encuadraba al sector antes mencionado, lugar de ubicación de la parcela en consulta, como R8 HM5 A4. En la mencionada normativa la clasificación de los distritos según el uso estaba indicada por el parámetro R y el que se correspondía con un uso dominante. El R8 era el distrito residencial con el gradiente más alto de localización de usos no residenciales, incluyendo actividades productivas.
El parámetro HM determinaba las alturas máximas admisibles que...
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