Disposición N° 281/DGSPCB/22

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 281/DGSPCB/22
Buenos Aires, 22 de agosto de 2022
VISTO: Las Leyes N° 5688/16 (B.O. N° 5030, texto consolidado mediante Ley 6347)y
N° 6506/21 (B.O. 6285), los Decretos N° 446/06 y N° 394/14, las Disposiciones N° 49-
DGSSP/2003, N° 129-DGSSP/2004, N° 274-DGSSP/2005, N° 449-DGSP/2006, N°
103-DGSPR/2008, N° 88-DGSPR/2010, N° 122- DGSPR/2012, N° 210-DGSPR/2014,
N° 311-DGSPR/2016, N° 300-DGSPR/2018, N° 334-DGSPR/2018, N° 226-
DGSPCB/2020 y la Carpeta E194677, y;
CONSIDERANDO:
Que la empresa KONTROL DEFENSA ELECTRONICA S.A., 30-67971233-7, con
domicilio real y constituido en la Avenida Presidente Roque Saenz Peña N° 615, Piso
3°, Depto. "317", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido habilitada
oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires por Disposición N° 49- DGSSP/2003;
Que la empresa en cuestión, la cual gira comercialmente bajo la denominación "KTL
SEGURIDAD", presentó oportunamente Título de Marca expedido por el Instituto
Nacional de la Propiedad Industrial bajo el N° 2.884.830 a favor de Zanardi Ocampo,
Carlos María, concedida hasta el 27/10/2026, mediante Disposición N° 099/17; y que
asimismo acompañó el correspondiente Contrato de Licencia de Uso de Marca a favor
de "KONTROL DEFENSA ELECTRÓNICA S.A."
Que vencido el plazo de su última habilitación en fecha 09/08/2022, la interesada
solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo
444°, Punto 1- Servicios con autorización de uso de armas de fuego- Incisos a), y, b); y
sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b), c) y d);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente conforme lo
establecen los artículos 446,447 y 448, en su caso;
Que, con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos de los Art. 449, 463 y concordantes de la mencionada Ley, a Alcayaga,
Ernesto Raul, D.N.I. N° 8.347.681., y para el cargo de Responsable Técnico ha
propuesto a Zacardi Ocampo, Carlos María, D.N.I. N° 16.927.617.;
Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente encontrarse inscripta como
Usuario Colectivo de Armas, conforme Certificado Nº 218.595, con vencimiento en
fecha 01/05/2023, otorgada en el Legajo Nº 9761004;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688, para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de
servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para
otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 173, Inciso 18, Ley 6506, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos (2) años contados a partir del día de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6450 - 30/08/2022

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