Disposición N° 280/DGSPCB/22

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 280/DGSPCB/22
Buenos Aires, 22 de agosto de 2022
VISTO: Las Leyes N° 5688/16 (B.O. N° 5030, texto consolidado mediante Ley 6347) y
N° 6506/21 (B.O. 6285), los Decretos N° 446/06 y N° 394/14 las Disposiciones N° 252-
DGSP/2006, N° 067-DGSPR/2008, N° 076-DGSPR/2010, N° 350- DGSPR/2010, N°
134-DGSPR/2012, N° 209-DGSPR/2014, N° 314-DGSPR/2016, N° 387-DGSPR/2016,
N° 314-DGSPR/2018, N° 235-DGSPCB/2020y la Carpeta E437566, y;
CONSIDERANDO:
Que la empresa HOLDER SEGURIDAD S.A., CUIT 30-70964111-1, con domicilio real
en Avenida Canógino M.C. del Corro N° 690 y constituido en la Avenida Juan B. Justo
N° 7910, P.B., ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido habilitada
oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires por Disposición N° 252-DGSP/2006;
Que la empresa en cuestión, la cual gira comercialmente bajo la denominación "hk
SEGURIDAD URBANA.", presentó oportunamente Título de Marca Mixta expedido por
el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, bajo el N° 2.520.182, a favor de
“HOLDER SEGURIDAD S.A.”, concedida hasta el 24/08/2022 mediante Disposición N°
945/12;
Que próximo a vencer el plazo de su última habilitación en fecha 21/08/2022, la
interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en
su Artículo 444°, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego- Incisos
a), b) y c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente conforme lo
establecen los artículos 446,447 y 448, en su caso;
Que, con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos de los Art. 449, 463 y concordantes de la mencionada Ley, al señor
Gómez, Ángel Marcelo, D.N.I. N° 24.824.517. y para el cargo de Director Técnico
Suplente al señor Lupo, Ricardo Martín D.N.I. N° 31.735.333.;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688, para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de
servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para
otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 173, Inciso 18, Ley 6506, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos (2) años contados a partir del día de
la fecha.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL
DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6450 - 30/08/2022

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR