Disposición N° 28-DGFYC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad - Agencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 28/DGFYC/18
Buenos Aires, 7 de marzo de 2018
VISTO:
El expediente Nº 10593/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-
GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución
Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº
2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-
SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 ( BOCBA Nº 2370), la
Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-
SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007 y;
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Eduardo Colombana, invocando su condición de Presidente de la firma
ALIELCO S.A., solicitó la renovación de inscripción en la Registro Público de Lugares
Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, para el local
ubicado en la calle José Evaristo Uriburu Nº 1721, planta baja entrepiso 1er y 2º
subsuelos, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con
nombre de fantasía "CLOCHE";
Que, el local posee habilitación por Expediente Nº 38.321/1990 concedida para el
rubro local de baile clase "C" con intercalación de números de variedades con
transformación y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables
bajo el Nº 012/05 por Disposición Conjunta Nº 13/05 de fecha 3 de marzo de 2005;
Que, mediante Disposición Conjunta Nº 78/05 de fecha 4 de julio de 2005, se otorgó al
local una capacidad máxima para funcionar de quinientas ochenta y ocho (588)
personas;
Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 028//06, Nº 017/07 Nº 13/08, Nº 11/09, Nº
20/10, N° 9/11, N° 22/12, N° 31/13, N° 27/14, N° 16/15, DISFC-2016-28-DGFYC y
DISFC-2017-96-DGFYC respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro
Público de Lugares Bailables por el término de un año (1) en cada una de ellas;
Que, el administrado deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y
demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente
renovación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin
intimación previa y de manera inmediata, la inscripción del local en este Registro;
Que, la Subgerencia Operativa Registros evaluó la documentación presentada por la
empresa solicitante, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado
cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la
inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables;
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 66/AGC/13;
Que, por RESOL-2018-219-AGC de fecha 23 de febrero de 2018 se encomienda la
firma de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras al Sr. Gustavo
Alejandro May a cargo de la Dirección General de Fiscalización y Control, durante el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5337 - 19/03/2018

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