Disposición N° 279/DGSPCB/22

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 279/DGSPCB/22
Buenos Aires, 22 de agosto de 2022
VISTO: Las Leyes N° 5688/16 (B.O. N° 5030, texto consolidado mediante Ley 6347) y
N° 6506/21 (B.O. 6285), los Decretos N° 446/06 y N° 394/14, las Disposiciones N° 98-
DGSPR/2011, N° 243-DGSPR/2013, N° 107-DGSPR/2015, Nº 101-DGSPR/2016, N°
141-DGSPR/2018 y N° 228-DGSPCB/2020, la Carpeta E799795, y;
CONSIDERANDO:
Que la empresa GRUPO ESPECIALIZADO DE PROTECCIÓN S.A., con domicilio real
en la calle Vélez Sarsfield N° 2370, Dpto. "9", Martínez, Provincia de Buenos Aires y
constituido en la calle Juan Ramón Estomba N° 3701, Piso 4°, de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad
privada en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N°
98-DGSPR/2011;
Que vencido el plazo de su última habilitación en fecha 02/08/2022, la interesada
solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo
444°, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego: Incisos a), b), y c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente conforme lo
establecen los artículos 446,447 y 448, en su caso;
Que, con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos de los Art. 449, 463 y concordantes de la mencionada Ley, a David
Ramón Contreras, D.N.I. N° 23.420.461;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688, para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de
servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para
otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 173, Inciso 18, Ley 6506, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos (2) años contados a partir del día de
la fecha.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL
DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE:
Artículo 1º.- Renuévese a partir del día de la fecha, y por el término de dos años, la
habilitación concedida a la empresa GRUPO ESPECIALIZADO DE PROTECCIÓN
S.A., para prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la
Ley Nº 5688 en su 444º, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego
- Incisos a) Los de vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b) Los de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6450 - 30/08/2022

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