Disposición N 163/GCABA/DGFPIT/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Fomento Productivo E Innovación Tecnológica
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO PRODUCTIVO E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

DISPOSICIÓN N 163/GCABA/DGFPIT/10SE APRUEBA LA INCORPORACIÓN DEFINITIVA DE SOLUCIONES CORPORATIVAS S.R.L. AL REGISTRO DE EMPRESA TECNOLÓGICAS

Buenos Aires, 30 de diciembre de 2010

DISPOSICIÓN N.° 163/DGFPIT/10.

Buenos Aires, 30 de diciembre de 2010

VISTO:

la Ley N° 2972, los Decretos N° 651/GCBA/08, 543/GCBA/09, 1063/GCBA/09, la Resolución N° 548/MDEGC/09, la Disposición 29/DGISYT/10, el expte. N°580343/2010, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 2972, se creó el Distrito Tecnológico de la Ciudad de Buenos Aires, en el área comprendida por las Avenidas Sáenz, Boedo, Chiclana, Sánchez de Loria y Brasil, las calles Alberti y Manuel García y la Avenida Amancio Alcorta en ambas aceras;

Que el referido distrito ha sido diseñado para fomentar que las empresas de origen TIC (tecnología de la información y la comunicación), puedan radicar su sede dentro de esa zona. De modo de posicionar a la Ciudad como un centro de excelencia para la producción de software y el desarrollo de tecnologías informáticas y de las comunicaciones;

Que por el Art. 4° de la mencionada normativa se designó al Ministerio de Desarrollo Económico como autoridad de aplicación en la materia que se regula;

Que por el Art. 6° de la referenciada legislación, se creó el Registro de empresas TIC, en el ámbito del Ministerio antes señalado;

Que en el Capitulo IV de la ley en cuestión, se establecen los incentivos promocionales para aquellas empresas que se radiquen en el Distrito Tecnológico y estén inscriptas en el Registro de Empresas TIC;

Que por el Decreto N° 543/GCBA/09, se establecieron las pautas y modos en que se realizarán las inscripciones en el Registro de Empresas Tecnológicas;

Que el anexo I de la normativa ut supra mencionada, establece las pautas para proceder a inscribir a los interesados definitiva o provisionalmente en el Registro de Empresas Tecnológicas;

Que el objetivo de dicha inscripción, es a los fines de que la empresa inscripta pueda realizar los trámites tendientes a obtener de la autoridad competente distintos beneficios fiscales establecidos en la norma antes referenciada;

Que podrán...

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