Disposición N° 27/UGGOAALUPEEI/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.º 27/UGGOAALUPEEI/18
Buenos Aires, 31 de mayo de 2018
VISTO:
La Resolución Nº 6/MMGC/15 y el EE N° 2018-13154513-MGEYA-UGGOAALUPEEI
y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 6/MMGC/15 se aprobó el Procedimiento General de Registro
de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
comprendido en la Ley Nº 471 y en la Ordenanza N° 41.455;
Que, en el Artículo 6° del Anexo I de dicha Resolución se estableció que en los casos
de agentes que por razones de servicios desempeñen tareas fuera de su
dependencia, oficina o servicio, la Autoridad Superior de la repartición respectiva
deberá, mediante dictado de Acto Administrativo, eximir de la obligación de firmar la
Planilla de Registro de Asistencia o registrarse en el Sistema Informático de Control de
Asistencia;
Que en virtud de lo expuesto en el artículo mencionado ut supra, la vigencia de la
eximición, en todos los casos, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre del año en
el cual fue otorgada;
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Resolución Nº 6/MMGC/15,
EL TITULAR DE LA UNIDAD GESTIÓN GENERAL
DE OPERACIONES, ADMINISTRACIÓN Y ASUNTOS LEGALES
DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES ECOPARQUE INTERACTIVO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DISPONE:
Artículo 1.- Exímase de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o de registrarse en
el Sistema Informático de Control de Asistencia al agente LAPLANA BÁRBARA
C.U.I.L. 27-33282532-7, de la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración
y Asuntos Legales, dependiente de la Unidad de Proyectos Especiales Ecoparque
Interactivo del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de conformidad con el Anexo
IF-2018-13846635-UGGOAALUPEEI que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- Otórguese como periodo de vigencia de la eximición, desde el 1º de junio
al 31 de diciembre del corriente año, inclusive.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Planificación y Control Operativo y a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio
de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Panera
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5389 - 07/06/2018

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