Disposición N° 263/DGTALMC/19

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición19 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 263/DGTALMC/19
Buenos Aires, 11 de noviembre de 2019
VISTO: el Decreto Nº 433-GCBA-16, el E.E Nº 31.395.142-2019, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 433/16, se estableció un régimen para hacer frente a
aquellos gastos realizados por resultar de una operación impostergable que asegure
un servicio o beneficio inmediato para la Ciudad o su gestión administrativa, y que
deben llevarse a cabo con una celeridad y eficacia que impida realizar otro
procedimiento previsto en la normativa vigente;
Que por el Anexo I del Decreto Nº 433/16, se autoriza al Director General Técnico,
Administrativo y Legal o funcionario con rango o responsabilidades equivalentes a
aprobar contrataciones por un monto mensual de PESOS SEIS MILLONES ($
6.000.000);
Que a través de la PV-2019-31825038-GCABA-DGTALMC, la Gerencia Operativa de
Mantenimiento y Gestión Edilicia Cultural dependiente de esta Dirección General
Técnica Administrativa y Legal, solicitó iniciar la aprobación del gasto correspondiente
al servicio de provisión de dos (2) máquinas expendedoras de café instaladas en el
primer piso del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sito
en Avenida de Mayo 575 CABA durante el mes de septiembre del corriente año;
Que fue necesario contratar dicha provisión por la imprescindible necesidad de
proveer el servicio de cafetería ante las reiteradas reuniones que mantiene el
Ministerio de Cultura con las respectivas dependencias del GCBA;
Que en tal sentido, se trató de una operación impostergable en razón de asegurar
servicios instrumentales y fines esenciales, que debió llevarse a cabo con una
celeridad que impidió someterlo a los procedimientos previstos por la Ley Nº 2095
(texto consolidado por Ley N° 6.017) de compras y contrataciones vigentes, conforme
lo requerido por el inciso a) del artículo 3 del Decreto N° 433/16;
Que en cumplimiento del inciso b) y c) del mencionado artículo, se cursaron
invitaciones a tres (3) firmas con experiencia en el rubro, siendo la única propuesta la
presentada por la firma Provending de Guillermo Fabián Fojo, CUIT Nº 20-33442522-
4, que cotizó un precio acorde a los valores actuales de mercado, por un monto total
de PESOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS ONCE CON SESENTA Y OCHO
CENTAVOS ($31.711,68.-);
Que el proveedor se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y
Permanente de Proveedores al momento de la aprobación del gasto, y se ha
recepcionado satisfactoriamente el servicio solicitado, de conformidad con lo requerido
en el inciso c) del referido artículo de acuerdo a lo informado por la Gerencia Operativa
de Mantenimiento y Gestión Edilicia Cultural mediante PV-2019-31825038-GCABA-
DGTALMC;
Que se ha dado cumplimiento a las formalidades exigibles para la aplicación del
régimen de excepción en cuestión;
Que se efectuó la correspondiente Solicitud de Gasto, según el sistema SIGAF;
Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en la Disposición Nº 49-DGAC-08.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5744 - 19/11/2019

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