Disposición N° 253/LOTBA/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E.
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 253/LOTBA/19
Buenos Aires, 27 de marzo de 2019
VISTO:
la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 88-GCABA/17, las
Resoluciones de Directorio N°47-LOTBA/17, N° 63-LOTBA/17 N° 114-LOTBA/18, N°
36-LOTBA/19, el Expediente Electrónico N° EX-2019-03837642-MGEYA-LOTBA y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución de Directorio N° 63-LOTBA/17 se aprobó lo actuado por los
representantes de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. ("LOTBA S.E."),
mediante Acta N° 9 del Comité Ejecutivo, creado en virtud del "Acuerdo de Asunción
de Competencias en Materia de Juegos de Azar, Destreza y Apuestas Mutuas";
Que en el marco de dicha reunión se cedió entre otros, el Pedido N° 2017210046 de
L.N.S.E., emitido como Orden de Compra LOTBA S.E. N° 20170020, librada a favor de
la firma Level 3 Argentina S.A (actualmente Centurylink Argentina S.A.), adjudicataria
de la contratación que tiene por objeto el servicio de enlace digital en la modalidad
LAN to LAN, para interconectar el edificio de esta Sociedad, en su sede de Santiago
del Estero N° 126/40, con otro remoto situado en Elvira Rawson de Dellepiane S/N
(Casino Buenos Aires), ambos de esta Ciudad;
Que atento la implementación del nuevo sistema SAP-HANA, se debieron migrar
oportunamente al mismo las Órdenes de Compra SIGAD vigentes, con sus respectivos
saldos, entre ellas la citada precedentemente, ahora como Pedido N° 2018210028;
Que la Subgerencia de Infraestructura Tecnológica informó que persiste la necesidad
de contar con el servicio de enlace secundario LAN to LAN de 1Gb, entre Casino
Buenos Aires y LOTBA S.E., ya que el mismo cumple con la finalidad de transmitir voz
y datos entre ambos sitios, por lo que sería conveniente hacer uso de la prórroga de la
Orden de Compra mencionada precedentemente (cfr. NO-2019-03527774-LOTBA);
Que, en virtud de ello, resulta necesario y conveniente prorrogar dicha Orden de
compra, de acuerdo al plexo de derechos y obligaciones que asumió LOTBA S.E., en
calidad de parte que ostentara Lotería Nacional S.E. en el contrato que fuera
celebrado con la firma Level 3 Argentina S.A, actualmente Centurylink Argentina S.A.;
Que el uso del derecho a prórroga guarda relación con la facultad prevista en el
Artículo 119 inciso III, de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017) y el
Artículo 7° inciso m) del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de LOTBA
S.E., aprobado por Resolución de Directorio N° 47-LOTBA/17;
Que la firma Centurylink Argentina S.A. prestó su conformidad a dicha prórroga, por un
período de seis (6) meses, en los mismos términos y condiciones previstos en la
Orden de Compra mencionada anteriormente (cfr. IF-2019-03843288-LOTBA);
Que el Departamento Planificación y Control Presupuestario, dependiente de la
Subgerencia Gestión Administrativa, ha tomado intervención de su competencia,
informando que existe crédito suficiente para la presente contratación (cfr. IF-2019-
05326741-GCABA-LOTBA);
Que las Gerencias Administrativa y Técnica y Modernización y Tecnologías de la
Información y la Subgerencia de Asuntos Legales han tomado la intervención que
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5588 - 29/03/2019

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