Disposición Nº 252/GCABA/HGAPP/15

FirmantesEfron - Pagano
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorHospital General de Agudos Parmenio PiÑEro
Fecha de la disposición22 de Julio de 2015

VISTO

el E.E. N° 8355394-HGAPP-2015 encuadrado en los términos del Dto. N°

556/GCBA/2010 y

CONSIDERANDO:

Que, por los presentes actuados se tramitó la reparación de referencia para el Servicio

de Anestesia.-

Que resulta impostergable e imprescindible para asegurar resultados finales

esenciales.-

Que, la Sección Compras identifico el presente pedido con el N°205/15 (SIGAF N°

4514/15).-

Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide

someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones

vigentes o mediante el sistema de caja chica común.-

Que, la Dirección autorizó que la presente reparación fuera realizada por la firma JAEJ

S.A., por tratarse de un equipo cuyo desarme y examen previo resultaba

imprescindible para determinar la reparación necesaria y que pudiera resultar más

conveniente.

Que, mediante remito N° 0001-00030934 (JAEJ S.A.), se acreditó la reparación del

aparato señalado.

Que, se ha considerado a la firma JAEJ S.A., habiendo acreditado ésta su inscripción

en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores en los términos del

Art. 22

de la Ley N° 2095.

Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en

el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en

poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran

sido debidamente salvadas.-

Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1° de la Disposición N°

49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la

presente disposición:

NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 17 (Julio/15)

ACUMULADO APROBADO $ 217.990,29

SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 282.009,71

Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la

atención de los pacientes.-

Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión

Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.-

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. N° 556/GCBA/2010, y lo

dispuesto en el artículo 6° del Dto. N° 392/GCBA/2010

EL DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA

DE...

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