Disposición Nº 251/GCABA/HGAPP/16
Firmantes | Efron - Greco |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Hospital General de Agudos Parmenio PiÑEro |
Fecha de la disposición | 28 de Junio de 2016 |
VISTO
el E.E. N° 13539657-HGAPP-2016 encuadrado en los términos del Dto. N°
556/GCBA/2010 y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados se tramitó la reparación de referencia para el Ser
vicio de Guardia General.-
Que resulta impostergable e imprescindible para asegurar resultados finales
esenciales.-
Que, la Sección Compras identifico el presente pedido con el N°201/16 (SIGAF N°
4069/16).-
Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide
someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones
vigentes o mediante el sistema de caja chica común.-
Que, la Dirección autorizó que la presente reparación fuera realizada por la firma
SCHNEIDER SOLUCIONES INTEGRALES S.A., por tratarse de un equipo cuyo
desarme y examen previo resultaba imprescindible para determinar la reparación
necesaria y que pudiera resultar más conveniente.
Que, mediante remito N° 0001-00005130 (SCHNEIDER SOLUCIONES INTEGRALES
S.A.), se acreditó la reparación del aparato señalado.
Que, se ha considerado a la firma SCHNEIDER SOLUCIONES INTEGRALES S.A.,
habiendo acreditado ésta su inscripción en el Registro Informatizado Único y
Permanente de Proveedores en los términos del Art. 22 de la Ley N° 2095.
Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en
el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en
poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran
sido debidamente salvadas.-
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1° de la Disposición N°
49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la
presente disposición:
NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 33 (Junio/16)
ACUMULADO APROBADO $ 350.340,60
SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 149.659,40
Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la
atención de los pacientes.-
Que, a la fecha el Director del Hospital se encuentra usufructuando licencia ordinaria.
Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art.2° de la Ley
Procedimiento Administrativo aprobado por Decreto n°1510/97.-
Que, es...
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