Disposición N° 25/DGLTACDN/21

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 25/DGLTACDN/21
Buenos Aires, 3 de mayo de 2021
VISTO: Las Leyes N° 114 y N° 2.095 (textos consolidados por Ley N° 6.347), las Leyes
N° 6.301 y N° 6.384, el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 235-APN-PTE/21,
los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/20, N° 8/20, N° 12/20, N° 15/20, N° 17/20,
N° 2/21, N° 5/21 y N° 7/21, el Decreto Reglamentario N° 74/21, el Decreto N° 147-
GCABA-AJG/20, las Resoluciones de Firma Conjunta N° 7- GCABA-MJGGC/20 y N°
294-GCABA-MHFGC/20, las Resoluciones N° 2.624-MHGC/08 y N° 424- GCABA-
MHGC/13, las Disposiciones N° 359-GCABA-DGCYC/20 y N° 167-GCABA-DGCYC/21,
el Expediente Electrónico N° 08540135-GCABA-DGLTACDN/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por la Resolución N° 424-MHGC/13 se estableció que a partir del 1° de agosto de
2013, las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 (texto
consolidado por Ley N° 6.347) que realicen todas las jurisdicciones dependientes del
Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben realizarse por medio
del Sistema Buenos Aires Compras (BAC);
Que por la Resolución N° 2.624-MHGC/08 se constituyó la Unidad Operativa de
Adquisiciones (UOA) de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes, estableciéndose que la misma se encuentra a cargo del/de la titular de
esta Dirección General Legal, Técnica y Administrativa;
Que por el Decreto Reglamentario N° 74/21 se aprobó la nueva reglamentación de la
Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347);
Que, a su vez, por la Disposición N° 167-GCABA-DGCYC/21 se aprobó el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y
contrataciones;
Que el día 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró
que el coronavirus COVID-19 constituye una pandemia y que la evolución de la
situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes,
haciendo un llamado a la Comunidad Internacional para actuar con responsabilidad y
solidaridad;
Que por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 235-APN-PTE/21 se
establecieron medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas
de contención, basadas en evidencia científica y en la dinámica epidemiológica, que
deberán cumplir todas las personas, a fin de mitigar la propagación del virus SARS-
CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 30 de abril de 2021 inclusive;
Que, en este contexto, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6118 - 06/05/2021

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