Disposición N° 2469/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 3 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2022- Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 2469/DGIUR/21
Buenos Aires, 28 de diciembre de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX-2021-27038611-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar el
uso “6.2.20 Actividades de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC)”,
en el inmueble sito en la calle Honduras N° 5952, 4° Piso;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
29399499/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2021-36178480-GCABA-CAPUAM)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano indica que: “...6. Por lo expuesto
precedentemente, es opinión de este Consejo del Plan Urbano Ambiental que
resultaría factible, desde el punto de vista urbanístico, acceder a la localización del
uso: “Actividades Tecnológicas de información y de las comunicaciones (TIC)" que se
encuadra en el rubro: “6.2.20. Actividades de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones (TIC)”, en el inmueble sito en la calle Honduras Nº 5952, 4°Piso, Área
de Urbanización Determinada “U20 - Barrio Nuevo Colegiales”, Zona 2b, Superficie a
habilitar= 317m2. En relación a los requerimientos, los módulos de bicicletas y
estacionamiento deberán ser determinados por el Organismo Competente. No
obstante, se aclara que deberá regularizar las obras ejecutadas ante el Organismo
Competente. 7. La conformidad prestada por el presente, no puede interpretarse como
eximición del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos y condiciones
establecidas por los Códigos Urbanístico, de la Edificación, de Habilitaciones y
Verificaciones, Ley Nº 962 y Ley Nº 123, sus modificatorias generales, modificatorias
en el marco sanitario y decretos reglamentarios, que no hayan sido expresamente
considerados en el mismo”;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6287 - 03/01/2022

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