Disposición N° 2456/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 3 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2022- Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 2456/DGIUR/21
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 30.678.702-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea Interna de Basamento para la Sección 074, Manzana 012C;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-38697864-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea Interna de Basamento
conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada a Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B.2.) Art. 6.2.5. del
Código Urbanístico, por lo que corresponde el trazado de Línea Interna de Basamento
(L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Fragata Trinidad, Ercilla, Saladillo
y Acassuso. Dicha manzana posee un frente de 127,56m sobre la calle Fragata
Trinidad, un frente de 40,38 m sobre la calle Ercilla, un frente de 127,43 m sobre la
calle Saladillo y un frente de 40,90 m sobre la calle Acassuso; todos ellos medidos en
las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una
superficie total de 5.185,94 m2, de acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida
por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (U.S.A.B.2.) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código Urbanístico,
la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a
trazar la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico que adjunta-, siendo
que la parcela en consulta, 023, ubicada en la calle Fragata Trinidad Nº 1653, queda
afectada a una Línea Interna de Basamento (L.I.B.) a 16,00 m medidos paralelamente
desde la Línea Oficial (L.O.) de la calle Fragata Trinidad;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL
DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6287 - 03/01/2022

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