Disposición N° 241/DGSPR/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición23 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 241/DGSPR/18
Buenos Aires, 12 de julio de 2018
VISTO:
Las Leyes Nº 5688 (B.O. Nº 5030), y, N° 5914 (B.O. N° 5282) y la Carpeta E482714, y;
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para
desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en los rubros
establecidos en el Artículo 439, Punto 2: Servicios sin autorización al uso de armas de
fuego Incisos a), b), y, c), presentada por la empresa CEMSE S.R.L., con domicilio real
en la Avenida San Martín Nº 2450, Piso 1°, Lomas del Mirador, Provincia de Buenos
Aires, y constituido en la calle Alcaraz Nº 6170, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que la empresa en cuestión, la cual gira comercialmente bajo la denominación
"Seguridad SC Cemse", presentó oportunamente Título de Marca expedido por el
Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, bajo el N° 2.835.375, a favor de César
Osvaldo González, concedida hasta el 16/09/2026, mediante Disposición N° 1697/16 y
asimismo acompañó autorización de utilización de la marca mencionada a favor de
"CEMSE S.R.L.";
Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos del Artículo 458 y
concordantes de la mencionada Ley al señor Enrique Valentín Pacheco, D.N.I. Nº
22.720.945;
Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la
habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 450,
Punto 3, y 461, Punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle su habilitación como prestadora de servicios de seguridad
privada en las categorías peticionadas;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 184, Punto 3, de la Ley N° 5914, por lo que corresponde el otorgamiento de su
habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día de la fecha.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
Artículo 1º.- Concédase a partir del día de la fecha y por el término de (2) dos años a
la empresa CEMSE S.R.L., su habilitación como prestadora de servicios de seguridad
privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo 439, Punto 2-
Servicios sin autorización de uso de armas de fuego Incisos a) Los de vigilancia
privada en lugares fijos con acceso al público, b) Los de custodia y portería de locales
de baile, confiterías y/o espectáculos en vivo, como todo otro lugar destinado a
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5419 - 23/07/2018

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