Disposición N° 237/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 8 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 237/DGIUR/19
Buenos Aires, 22 de febrero de 2019
VISTO:
El Expediente Nº 34.073.085/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
ampliación con el uso "Comercio mayorista de Perfumería y Tocador", "Artículos
personales y para regalos" y "Oficina Comercial", a los ya habilitados, para el inmueble
sito en la Avda. Garay N° 4138/44, Planta Baja y Planta Alta, UF Nº 1, con una
superficie de 2734,16m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble emplazado en el Distrito R2bIII (parágrafo 5.4.1.4 Distrito
R2b) del Código de Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
5281366-DGIUR-2019, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que en el Cuadro de Usos 5.2.1 a) EQUIPAMIENTOS, COMERCIO MAYORISTA y
DEPOSITOS, LOCALES CON DEPOSITO MENOR DEL 60 %, productos
perecederos, resulta referenciado 500 (superficie máxima 500m2) en el distrito de
implantación;
Que respecto a la "Oficina Comercial", resulta contemplada en el Cuadro de Usos
5.2.1 a), en el agrupamiento SERVICIOS OCACIONALES PARA EMPRESAS O
INDUSTRIAS, Servicios Terciarios, Clase B, correspondiéndole la Referencia "P"
(Permitido) y referencia 31 de Estacionamiento;
Que recurrente indica en memoria técnica que el inmueble se encuentra habilitado con
usos minoristas y algunos mayoristas, que solicita en esta oportunidad "comercio
mayorista de perfumería, tocador" y "artículos para regalo" y "oficina comercial", sin
ampliación de superficie;
Que atento a lo expuesto el presente caso se encuadra en el parágrafo 5.2.4.2
Ampliación de Usos No Conformes dado que la superficie que se observa en planos
supera los indicadores morfológicos de usos admitidos en el distrito;
Que de lo precedente se informa que el proyecto presentado localiza las oficinas que
resultan un uso permitido y servicios para el personal en todo el primer piso y deja el
local de ventas, la carga y descarga, sanitarios, expedición y deposito en planta baja.
Los depósitos ya habilitados, más los nuevos depósitos mayoristas que servirán para
los nuevos rubros; "comercio mayorista de perfumería, tocador" y "artículos para
regalo" no deben superar el 60%;
Que si tomamos la unidad de uso con la superficie total de 2734.16m2, podemos
observar que de depósitos podría tener hasta 1640.49m2 (60%), y el recurrente
destina aproximadamente 793.44m2, lo que implica que se encuentra el presente caso
dentro de la normativa que indica el artículo 5.2.8;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5573 - 08/03/2019

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